Un año de TRABAJO Y DERECHO

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El pasado mes de enero cumplió TRABAJO Y DERECHO. Nueva revista de actualidad y relaciones laborales su primer año de vida. Son muchos los motivos por los cuales quienes trabajamos en este proyecto editorial nos sentimos satisfechos al celebrar este, su primer aniversario.

Entre ellos, debo confesar a los siempre pacientes amigos de este cuaderno de apuntes, antes que nada el propio hecho de haber conseguido que una empresa de tan compleja factura, como es la de poner en marcha y dar continuidad a una publicación de alto nivel dirigida al mundo académico y profesional de nuestra disciplina, capaz de recoger a lo largo de sus once números ordinarios y dos monográficos lo más relevante, no solo de la actualidad jurídica vinculada al complejo mundo de la ordenación jurídica de las relaciones de trabajo, sino también dar lugar a un espacio privilegiado para la reflexión y la crítica sobre la situación actual y las perspectivas del mismo, haya podido convertirse en realidad.

Pero no solamente. Nos propusimos, como apunta nuestro Director el profesor Carlos Palomeque en la Opinión conmemorativa y de balance que abre el número 13, hacer de TRABAJO Y DERECHO «una revista de calidad, moderna y crítica», construida a partir del indeclinable compromiso de quienes trabajamos en ella «con el rigor, la seriedad, la crítica y los valores de progreso y solidaridad». Y, a un año de nuestro arranque, podemos presentar un resultado que entendemos está en condiciones de someterse al juicio crítico de nuestros lectores y la comunidad académica y profesional de nuestra disciplina en general.

Esto no es, de todos modos, sino el principio. En esta tarea seguiremos, atentos a las opiniones y los intereses de nuestros lectores. Y fieles a nuestro compromiso y a los valores que lo sustentan.

A continuación, tengo la satisfacción de compartir con los amigos de esta bitácora la Opinión conmemorativa de nuestro primer año, escrita por nuestro director, así como un índice completo de todos los textos publicados este primer año, además de útil especialmente ilustrativo de la magnitud del esfuerzo realizado, no solo por el Consejo de Redacción, sino de todos aquellos colegas y compañeros que a lo largo de este primer año nos han honrado colaborando en sus páginas.

La Opinión «Un año de TRABAJO Y DERECHO» de Carlos Palomeque puede ser descargada desde el siguiente enlace:

TyD_13_opinion de Carlos Palomeque_sumario

El Indice de Secciones correspondiente a 2015 de TRABAJO Y DERECHO puede ser descargado desde el siguiente enlace:

Indice seccionesTyD_2015

TRABAJO Y DERECHO núm. 4 y la controvertida constitucionalidad de la reforma laboral

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El cierre del ciclo de pronunciamientos del Tribunal Constitucional español sobre la constitucionalidad de la reforma laboral de 2012, que tuvo lugar a través de la STC 8/2015, de 22 de enero, sirve de telón de fondo al último número de TRABAJO Y DERECHO, puesto en circulación en los pasados días.

A este singular acontecimiento jurídico, no por previsible en cuanto a su resultado menos relevante, está dedicada, como no podía ser de otro modo, la columna de opinión de este número, suscrita en esta ocasión por quien escribe estas líneas.

En dicha columna se advierte cómo este fallo y los que lo han precedido parecen ser expresión de una peligrosa deriva de nuestra jurisprudencia constitucional, desde el activismo pro libertate o pro constitutione al que nos tenía acostumbrados hacia otro activismo de nuevo cuño y distinto signo, dentro del cual los argumentos de carácter económico adquieren centralidad y terminan por tener prioridad sobre cualesquiera otras consideraciones, incluyendo las de orden constitucional. La necesidad siempre existente de compatibilizar la “constitución social” y la “constitución económica” se está viendo reemplazada, de ser correcta esta apreciación, por una lectura en clave económica de la entera norma fundamental, dentro de la cual los derechos consagrados en ella resultan practicables sin limitaciones única y exclusivamente cuando no entren en colisión con las exigencias de la política económica. O, dicho con propiedad, de una determinada forma de concebirla, cuya efectividad se encuentra, por cierto, todavía por demostrar. El uso del juicio de ponderación o proporcionalidad, más como fórmula retórica de justificación de las limitaciones introducidas a varios de los derechos fundamentales de contendido laboral que como instrumento para su valoración crítica, no sería más que el expediente técnico a través del cual se consigue trasladar, con una mínima apariencia de solidez argumentativa, esta sesgada visión de la Constitución y el equilibro de bienes y valores en ella consagrado.

No parece que valga la pena insistir en lo peligrosa que resultaría, si no es que está asentada ya, la entronización al interior del supremo intérprete de la Constitución de esta visión que termina por convertir a los derechos fundamentales en general, y entre ellos a los de naturaleza laboral, en materia a disposición casi plena del legislador y la política económica.

A continuación se pone a disposición de los amigos de este cuaderno de notas el sumario del núm. 4 de TRABAJO Y DERECHO, así como el texto completo de la columna de opinión antes referida.

El sumario del núm. 4 de TRABAJO Y DERECHO puede ser descargado desde el siguiente enlace:

TyD_4_2015_cubierta – sumario

El texto de la columna de opinión “La controvertida constitucionalidad de la reforma laboral” de Wilfredo Sanguineti puede ser descargado desde el siguiente enlace:

 TyD_4_2015_opinion «La controvertida constitucionalidad de la reforma laboral» – WSANGUINETI

TRABAJO Y DERECHO. Nueva revista de actualidad y relaciones laborales

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El inicio del año 2015 ha sorprendido al autor de este cuaderno de notas sumergido en un nuevo y muy ilusionante empeño. Quizá el que más para alguien cuyo quehacer se reparte entre la reflexión, el debate y la enseñanza de una disciplina de particular actualidad e impacto sobre la realidad social como es el Derecho del Trabajo. Se trata, claro está, como posiblemente sepa buena parte de sus tenaces amigos, de su participación, bajo la condición de Subdirector, en el Consejo de Redacción de TRABAJO Y DERECHO, nueva revista dedicada al ámbito de ordenación jurídica de las relaciones laborales, que bajo la muy prestigiosa dirección de Carlos Palomeque, querido maestro, ha hecho su aparición en el panorama de las publicaciones especializadas en la materia el pasado mes de enero, de la mano del sello editorial Wolters Kluwer España.

No he encontrado mejor manera de presentar en este espacio compartido nuestra revis-ta que las palabras que a tal menester dedicaría su Director con ocasión de la aparición de su primer número. Van a continuación en su versión integra, a la que se añaden, como adjuntos, la muy bella cubierta que la adorna, obra del pintor salmantino Miguel Elías Sánchez, la composición de su Consejo de Redacción, su Comité de Evaluación Externa y su Consejo Científico Asesor y el sumario de su número 1.

Este blog irá dando cuenta, por supuesto, de las sucesivas entregas de TRABAJO Y DERECHO, siempre atentas, a través de las nada menos que siete secciones fijas que la integran –Opinión, Estudios, Jurisprudencia, Unión Europea y agenda internacional, Legislación, Libros y Práctica Jurídica y despachos profesionales–, a las constantes transforma-ciones y avatares de la realidad jurídica laboral, tanto española como de la Unión Europea e internacional, y a su análisis con rigor académico, sentido crítico, criterio práctico y compromiso con los valores de progreso y solidaridad. Quizá sea este un objetivo particularmente ambicioso, pero es así como concebimos nuestro cometido. O, por reproducir aquí unas palabras que leerán a continuación de la mano de su Director: “tan solo con estos ingredientes habremos de cocinar el plato que nos gusta”.

Trabajo y Derecho

Cuando vienen tiempos de confusión, nadie puede parar su curso, nadie puede evitarlos, algunos consiguen servirse de ellos.
Amin Maalouf, Samarcanda, 1988

Con este título, cuya buscada concisión sintáctica no permite al lector atajo alguno para apoderarse al instante y con facilidad del propósito general que nos guía, iniciamos la publicación de una nueva revista mensual en el ámbito de las relaciones de trabajo y de su ordenación jurídica que reclama desde luego un espacio propio —como si de un lugar al sol se tratase— dentro del rico y plural panorama vigente de este tipo de repertorios especializados en nuestro país. Trabajo y Derecho comparece así ante el gran público como una publicación periódica nueva —como su subtítulo se encarga de precisar, Nueva revista de actualidad y relaciones laborales—, provista por lo tanto de fisonomía y nervio propios y singulares, aunque naturalmente no pueda ocultar su condición sucesora —dentro del quehacer de la editorial Wolters Kluwer España— de las precedentes Actualidad Laboral y Relaciones Laborales, longevas y fecundas a partes iguales, que han concitado durante su prolongada existencia hasta el presente a lo mejor del laboralismo español de dos generaciones y de cuyos Consejos Asesores me cupo el privilegio de formar parte desde el principio.

Por consiguiente, treinta años después —el tiempo que ha transcurrido entre 1984, en cuyos meses de noviembre y diciembre ambas iniciaron su andadura respectiva, y el final de 2014 en que la han concluido al unísono—, larga memoria y reconocimiento pleno para aquellas, para sus fundadores y su labor colosal —los profesores Efrén Borrajo Dacruz y Miguel Rodríguez-Piñero y Bravo-Ferrer, en cada uno de los casos—, para quienes —en solitario o junto a ellos— las han dirigido con sabia mano durante tanto tiempo y, al fin y al cabo, para la legión de autores y colaboradores que han alimentado sus páginas con los felices resultados que están a la vista de todos. «Larga memoria para Actualidad Laboral; larga vida para Trabajo y Derecho» pedía Efrén Borrajo con emoción no exenta de nostalgia en su última “carta de la dirección”, correspondiente al número final de aquella. Ojalá se haga realidad el segundo de los anhelos del maestro —nuestra gratitud infinita por ello—, porque el primero lo tiene plenamente asegurado junto al orgullo legítimo de la obra bien hecha.

A la utilización de la fórmula binaria trabajo y derecho para el título de nuestra revista no es ajeno, por lo demás, el empeño de rendir homenaje simbólico a una afortunada expresión que dispone de hondas raíces dentro de la cultura laboralista europea. El gran Sir Otto Kahn-Freund, del que habría de decirse que «revolucionó el estudio, la enseñanza e incluso la esencia del Derecho del Trabajo en las Islas Británicas» (Lord Wedderburn of Charlton), titulaba de esta manera en 1972 su influyente libro general (Labour and the Law, London, Stevens & Sons), que iba a contar con varias ediciones en lo sucesivo y merecía además el interés de nuestro —entonces— Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, hasta el punto de publicar una traducción española de la tercera inglesa de 1983, a cargo del profesor Jesús Galiana Moreno (Trabajo y Derecho, MTSS, 1987). Y qué decir de la prestigiosa revista alemana Arbeit und Recht (Zeitschrift für Arbeitsrechtspraxis, Bund-Verlag GmbH, Köln), que aparece cada mes desde su fundación en 1953 y que no ha dejado de ser durante tan prolongada vigencia el espejo en que la mejor doctrina europea se mira. O, también, de la italiana Lavoro e diritto (Società Editrice il Mulino, Bologna), un paradigma contrastado de ejercicio de pensamiento crítico en la materia, de periodicidad trimestral, que fundó en 1987 y dirige desde entonces el profesor Umberto Romagnoli —incorporado ahora por fortuna al Comité Científico Asesor de nuestra Trabajo y Derecho—. Y así, en fin, aunque solo fuera por tan selecta compañía en el modo de darnos a conocer, me gusta pensar que seguramente nos hemos situado en la buena dirección.

Nuestra revista Trabajo y Derecho acogerá en su seno, ciertamente, cuantos asuntos interesan en general a la regulación jurídica del trabajo, de las relaciones laborales individuales y de las colectivas o sindicales, pero también al sistema de protección social en su conjunto. Sin dejar de mirar al propio tiempo, si conviniera al propósito, a otras disciplinas próximas, como la economía o la sociología, cuando compartan con los juristas el trabajo productivo como objeto de consideración, aunque desde puntos de vista y métodos de conocimiento diferentes. Y lo hará, a buen seguro, desde una perspectiva científica o académica y también profesional, pues no parece que una publicación comprometida con la realidad como la que aspiramos a lograr pueda prescindir de ninguno de estos enfoques y, todo lo más, habrá que acertar en cada caso con la dosis o combinación adecuada de ambos planos en el conjunto de la publicación y de cada uno de sus números.

Nos proponemos hacer de Trabajo y Derecho —tómese esto desde luego como una declaración de intenciones que procuraremos llevar hasta sus últimas consecuencias en lo sucesivo— una revista de calidad, moderna y crítica. A la consecución de la calidad y del valor contrastado de las aportaciones que hayan de incorporarse a sus páginas irán dirigidos, por descontado, los encargos que se hagan desde la dirección de la revista, así como el dispositivo establecido para la evaluación objetiva de los estudios y demás colaboraciones objeto de la misma. Moderna y crítica a la vez, la revista abrirá su campo de observación a la realidad jurídica laboral en España y en la Unión Europea —junto a otros escenarios internacionales posibles—, que será ofrecida y analizada desde la legislación, la jurisprudencia, la construcción y el debate doctrinal, la práctica sindical y la actividad profesional. A través de una programación abierta y flexible, que se separe por igual de la abstracción y del formalismo. Sin que por ello hayamos de prescindir, naturalmente, antes al contrario, del compromiso con el rigor, la seriedad, la crítica y los valores de progreso y solidaridad.

La propia cubierta de Trabajo y Derecho, cuidada ex profeso con las valiosas imágenes del pintor Miguel Elías Sánchez, ilustra a las claras —creo que no se podría decir mejor—, ya desde el umbral de la publicación, nuestro compromiso con la cali-dad del proyecto, también la estética. La revista alternará en la cubierta de sus números sucesivos las dos composiciones que Miguel Elías ha preparado para nosotros, de estilos y propuestas harto diversos, es cierto, pero con arreglo ambas a una idea programática común que envuelve el conjunto. La primera —ya a la vista en el presente número—, una caligrafía para el trabajo, se propone dar cuenta, a través de la mediación abstracta y metafórica del artista, de la furiosa complejidad que la actividad laboral y el empleo muestran en la sociedad contemporánea, entre tintas negras y rojas y el paro forzoso junto al ordenador. En tanto que la segunda dirige su mirada figurativa y realista —lo habrán de comprobar ustedes en el siguiente número, si nos otorgan su fidelidad— a los trabajadores del “cuarto estado”, cuyo punto de vista, lejos de mantenerse anclado en la estética “novecentista” a la que formalmente pertenece, hunde con vigor su pretensión analítica real —este es, me parece, el alcance artístico y pedagógico de la misma— en los problemas eternos del trabajo asalariado y del sistema de producción.

Trabajo y Derecho, que contará con once números anuales en papel —además de dos extraordinarios monográficos on line— y podrá ser seguida también a través de Smarteca, la biblioteca digital en la nube de Wolters Kluwer, dispondrá en cada uno de aquellos de siete secciones fijas —Opinión, Estudios, Jurisprudencia, Unión Europea y agenda internacional, Legislación, Libros y Práctica jurídica y despachos profesionales, referidas ahora por el orden de su aparición formal en la revista—, la mayor parte de ellas a cargo de un responsable permanente de su alimentación y contenidos, cuya atribución figura naturalmente en los créditos de la publicación. Todas las secciones, tan solo separadas por criterios racionales de división del trabajo, no dejan de ser al fin y al cabo otra cosa que los diferentes capítulos del mismo libro, unitario y conjunto, en que se sustancia el propósito común de la revista. Sin perjuicio, claro es, de la labor de coordinación y responsabilidad general de la publicación que asume quien esto escribe, director, junto a los profesores Margarita Isabel Ramos Quintana y Wilfredo Sanguineti Raymond, subdirectores, y Juan Bautista Vivero Serrano, secretario, con la intervención necesaria del personal técnico de la Editorial comprometido en este singular proceso de producción.

Habrá de ser pues el equipo directivo de Trabajo y Derecho, así como quienes invitemos a ello en ocasiones, los encargados de nutrir su sección de Opinión —que yo mismo estreno ahora con este contenido “obligado”—, concebida en general como observatorio o escaparate de la realidad jurídica laboral y su entorno institucional para su presentación y análisis en unas pocas páginas, que acaso pudieran anticipar, si el asunto así lo requiere, su consideración detallada posterior en otro lugar de la revista, y no tanto como receptáculo sistemático de aportaciones doctrinales que tienen reservado su espacio propio dentro de la publicación. Este acomodo no será otro, seguramente, que la sección de Estudios, donde se dará cabida a las contribuciones teóricas o doctrinales de interés que hayan superado los procesos de evaluación que, según proceda, lleve a cabo el Consejo de Redacción de la revista y el Comité de Evaluación Externa, conforme a los procedimientos que se hayan hecho públicos.

Así pues, el Consejo de Redacción de Trabajo y Derecho, integrado por su equipo de dirección (director, subdirectores y secretario), así como por los responsables de sus secciones —solo en dos casos ambas condiciones concurren en la misma persona—, será el órgano encargado, dentro de la estructura de la revista, de su gestión ordinaria y de la adopción de las decisiones que convengan a su velocidad de crucero, con especial hincapié en la procura, selección y evaluación inicial de los estudios y colaboraciones que hayan de merecer su incorporación a nuestras páginas. Se cuenta, asimismo, ya se ha referido, con un Comité de Evaluación Externa, ajeno a la cadena de gobierno y gestión de la revista e integrado —tal como se recoge en los créditos de la misma— por personas de relevancia académica y profesional y especial competencia para llevar a cabo la delicada e indispensable función de refrendo de la calidad de los estudios objeto de publicación, conforme a los cuestionarios de calidad dispuestos. Y, en fin, Trabajo y Derecho se felicita asimismo por haber conseguido convocar a un rutilante Consejo Científico Asesor, a quien los gestores de la publicación podamos acudir en solicitud de opinión, consejo o ayuda para las tareas propias de este cometido y en el que están presentes —como acredita su composición recogida también en los créditos de la revista— distinguidos nombres del laboralismo español y extranjero.

Y poco más, queridos amigos, llegados a este punto. Tan solo queremos poner en su conocimiento finalmente que intentaremos hacer de Trabajo y Derecho una revista de referencia —no me atrevo a utilizar la desgastada y administrativa mención a la “excelencia”—, también en el ámbito internacional, que llegue a ocupar los espacios reservados para las mejores dentro de las valoraciones y clasificaciones al uso y consolide más pronto que tarde relaciones fructíferas con otras cabeceras amigas. A esto habremos de dedicarnos con seriedad y rigor, con afán y esfuerzo constantes, pero también con responsabilidad y, sobre todo, con humildad, porque tan solo con estos ingredientes habremos de cocinar el plato que nos gusta. Pero es evidente que no podremos conseguirlo solos, pues se hace indispensable la confianza de autores y colaboradores que quieran distinguirnos con su preferencia —mucho agradecemos ya en este momento las numerosas muestras de bienvenida y aliento que nuestra iniciativa ha recibido por doquier—, y también, claro es, la de los lectores y suscriptores de nuestras páginas que habrán de ser a fin de cuentas el “alfa y omega” del proyecto. Trabajo y Derecho queda abierta pues con ilusión —lo decimos en este momento iniciático de nuestro camino— a todos ellos.

Confieso por último, ahora que concluyo estas páginas, que no he conseguido es-quivar por completo durante su redacción la incómoda sensación de no saber lo que quería decir «hasta encontrar la manera de decirlo» o, en otras palabras —también de Mario Vargas Llosa, Piedra de toque, 2012—, de haber sido yo un instrumento a través del cual «la historia que quisiera contar se expresa a sí misma gracias a la escritura». Pero poco importa esto ahora, ya que, sea como fuere, puedo manifestar al final con complacencia que ha quedado dicho, amigo lector, lo que de cierto quería compartir con usted.

Manuel Carlos Palomeque
Director

LA CUBIERTA, EL SUMARIO Y LA PRESENTACIÓN DEL NÚMERO 1 DE TRABAJO Y DERECHO PUEDEN SER DESCARGADOS DESDE EL SIGUIENTE ENLACE:

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NUEVA PUBLICACIÓN: «La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española» (Eds. Cinca, 2014)

La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española-1

La semana próxima se presenta llena de actividades para el autor de esta bitácora, todas relacionadas con el Proyecto de Investigación «La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española», del que funge como director. Así, los días jueves 16 y viernes 17 tendrá lugar en la sede del Consejo Económico y Social de Madrid el ya anunciado Seminario «Experiencias de gestión laboral transnacional y participación sindical en las empresas multinacionales españolas», en el que se presentarán y someterán al debate los resultados del tercer año de trabajo de nuestro equipo investigador. Además, la víspera del día de inicio del seminario, es decir el miércoles 15, se llevará a cabo en el local institucional del Ilustre Colegio Nacional de Doctores y Licenciados en Ciencias Políticas y Sociología la presentación del libro «La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española», que recoge el fruto nuestros dos primeros años de actividad investigadora. Los tenaces amigos de este cuaderno de notas están, como no podía ser de otro modo, invitados a ambas actividades. Entre tanto, y como anticipo de lo que se dirá en la presentación del libro, transcribo a continuación unos párrafos de su Presentación, sin perjuicio de adjuntarla más abajo a texto completo y con el índice de la obra.

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El despliegue internacional de las actividades de las empresas españolas, y en particular de las de mayor dimensión, ha venido acompañado de la creación de un conjunto de herramientas dirigidas a dar respuesta a las muy diversas necesidades de regulación uniforme que, también en el plano laboral, genera el funcionamiento integrado de sus procesos de producción a escala global. De ello da testimonio la profusión de declaraciones de intención, códigos éticos y de conducta, fórmulas de interlocución de ámbito internacional, acuerdos marco y sistemas de verificación del desempeño laboral de contratistas y proveedores, por aludir aquí los ejemplos más relevantes, a la que hemos asistido en los últimos años, expresión sin duda de la asunción por parte de las mismas de un hasta entonces inédito rol normativo, así como de la conversión de los grupos de sociedades y cadenas de producción y suministro que las integran en espacios de regulación laboral transnacional.

La promesa de una gestión de las relaciones de trabajo que esté en condiciones de armonizar rendimiento económico y sociabilidad que se encuentra detrás de la construcción de esta clase de instrumentos, así como la posibilidad de que ésta proyecte sus efectos a lo largo de los grupos de sociedades y las cadenas de producción lideradas por estas empresas, que se extienden en varios de los casos a decenas de países y abarcan centenares de miles de trabajadores, convierte en un imperativo de primer orden el examen de los motivos que conducen a su empleo, las políticas de corporativas que los sustentan, la singular problemática que plantea su aplicación y el impacto que están teniendo allí donde deben ser aplicados.

Estos fueron los objetivos que llevaron en su momento a un grupo de investigadores de cuatro Universidades españolas, una europea y otra americana, lideradas por la Universidad de Salamanca, a impulsar el Proyecto de Investigación “La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española y sus instrumentos”, que contando con la financiación de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad (Referencia DER 2011-23190), ha hecho posible la realización de los estudios que se reúnen en este libro. En él se aborda, por primera vez, el estudio sistemático de los instrumentos de gestión laboral transnacional puestos en circulación por las empresas multinacionales españolas a lo largo de la última década, tratando ofrecer, de forma simultánea, una visión longitudinal y transversal de los mismos, que permita apreciar no sólo la identidad de cada uno sino sus múltiples conexiones.

La Presentación del libro «La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española» puede ser descargada desde el siguiente enlace:

PRESENTACIÓN – Libro EMN – WSANGUINETI

El Indice del libro «La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española» puede ser descargada desde el siguiente enlace:

INDICE – Libro EMN

Enseñar Derecho del Trabajo en tiempos de renovación pedagógica y cambio social

LIBRO ENSEÑANZA WSANGUINETI

Presentación de mi libro “El desafío de enseñar Derecho del Trabajo en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior”

Tiempo hace que tengo pendiente de presentar a los lectores de esta bitácora mi libro “El desafío de enseñar Derecho del Trabajo en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior”.

La obra, aparecida en una tirada corta dedicada especialmente a los amigos y colegas que me acompañaron y dieron aliento en el largo y difícil proceso de acceso a la cátedra salmantina que me tocó vivir, aunque abierta al público en general, se plantea como objetivo fundamental aprovechar los espacios que abre el proceso de renovación de las enseñanzas universitarias puesto en marcha en España como consecuencia de nuestra integración en el Espacio Europeo de Educación Superior, para construir fórmulas de desarrollo del mensaje docente vinculado a nuestra disciplina que favorezcan la adquisición de una formación crítica, además de técnicamente rigurosa, por parte de nuestros estudiantes. Es decir, fórmulas que sean capaces de promover un ejercicio profesional, no sólo eficiente, sino coherente con los valores democráticos y constitucionales. Además de atento a aquello que la sociedad, y no solo el mercado, demanda, claro está.

El presupuesto de tales reflexiones está representado, así pues, por la consideración de que el denominado Proceso de Bolonia comporta para la Universidad española, no sólo el riesgo tantas veces denunciado de instrumentalización de las enseñanzas al servicio de las exigencias del mercado, sino también una oportunidad para el cambio de las concepciones y métodos docentes tradicionales, la cual puede y debe ser aprovechada para adaptarlos a los desafíos de una sociedad en constante transformación como es aquella en la que nos ha tocado vivir.

¿Cómo llevar a cabo esta necesaria renovación en el caso de nuestra disciplina?

La propuesta pedagógica que recoge el libro se articula alrededor de ocho principios fundamentales, los cuales son el resultado del intento de combinar de manera armoniosa la clásica reflexión disciplinar sobre la enseñanza del Derecho del Trabajo con las contribuciones más recientes sobre el ser del Derecho y lo que exige su conocimiento y su práctica, así como los avances procedentes de la evolución última de la ciencia pedagógica.

Se trata, como podrá comprobar el lector que se adentre en la lectura de la obra, de principios pedagógicos elementales y en el fondo sencillos, a través de los cuales se intenta promover, dicho con pocas palabras, una aproximación a la enseñanza del Derecho del Trabajo más atenta a las interacciones existentes entre las normas jurídicas y la realidad social e histórica sobre la que operan, más consciente del impacto que sobre sus contenidos tiene el sistema de derechos y valores consagrado por la Constitución y más volcada hacia el desarrollo de la dimensión aplicativa de todo este material. Una enseñanza más realista y menos formalista, más valorativa y menos legalista y más práctica y argumentativa en vez de dogmática, en suma.

A este planteamiento subyace, como salta a la vista, la convicción de que con la aplicación de estos principios es posible cerrar el círculo que va, de la presentación activa, problemática y apegada a la realidad de los principales contenidos de nuestra disciplina, a la generación en los estudiantes de la capacidad de aplicar dichos contenidos con solvencia, sentido social y responsabilidad. De actuar, en suma, como profesionales serios y eficientes, conscientes de su rol social y de la trascendencia de su labor para la vigencia real de los valores democráticos y constitucionales dentro de nuestra sociedad, que es de lo que, a fin de cuentas, se trata.

La obra se encuentra en circulación bajo el paraguas del sello editorial salmantino Ratio Legis.

Comparto a continuación con los lectores de este blog la presentación y el índice de la misma. En posteriores entradas iré colgando algunos de sus más relevantes contenidos acompañados de una breve nota de introductoria.

La presentación y el índice del libro de Wilfredo Sanguineti “El desafío de enseñar Derecho del Trabajo en el marco del Espacio Europeo de Educación Superior” pueden ser descargados desde los siguientes enlaces:

PALABRAS INICIALES – libro enseñanza del DT – WSANGUINETI

INDICE – libro enseñanza del DT – WSANGUINETI

Ejemplares de la obra pueden ser solicitados a:

Librería Jurídica Ratio Legis

Calle Navasfrías, 2 bajo, Salamanca, 37007

Teléfono: 00.34.923 123 408.

http://www.ratiolegis.net/

LIBRO DE INTERÉS: “La libertad sindical en el Perú: fundamentos, alcances y regulación”, de Alfredo Villavicencio

    

Con la libertad sindical se produce en muchos países, sobre todo de América Latina, una sorprendente paradoja: posiblemente no exista otro derecho laboral que cuente con mayor respaldo normativo, tanto interno como internacional; sin embargo, posiblemente no exista otro derecho que vea desmentida de forma más clara esa garantía por las normas encargadas de regular su ejercicio.   

 El caso del Perú es un buen ejemplo de esta esquizofrenia legislativa. Este país no sólo ha ratificado la totalidad de los tratados y convenios internacionales sobre la materia sino que incluye en su Constitución una cláusula expresa de garantía de este derecho. Sin embargo, su legislación se encuentra plagada de requisitos, condiciones y exigencias que terminan por hacer imposible el ejercicio de este derecho para buena parte de los trabajadores.    

El libre desarrollo de los derechos de organización y acción colectiva de los trabajadores constituye, no obstante, un componente esencial del funcionamiento equilibrado de toda sociedad democrática. Y un elemento sin el que difícilmente puede lograrse una distribución equitativa de los beneficios del crecimiento. De allí la importancia de reivindicar condiciones adecuadas para su ejercicio.   

  

Guamán Poma de Ayala, El trabajo de la tierra, Siglo XVII

 

Desde este punto de vista constituye un auténtico acontecimiento la reciente publicación del libro «La libertad sindical en el Perú: alcances, fundamento, regulación» (Lima, edición conjunta de OIT-Plades-PUCP, 2010), del que es autor mi más que querido amigo y colega Alfredo Villavicencio. Como pocas en su género, ésta es una obra que se caracteriza por combinar una completa presentación de los contornos de este derecho fundamental con un examen crítico de su regulación y los efectos reales -profundamente desfavorables, por cierto- que ésta tiene sobre su ejercicio. En ella podrá, por tanto, encontrar el lector claves fundamentales para comprender, no sólo por qué sino de qué manera, la libertad en el Perú es un derecho «bajo sospecha». A la vez que propuestas dirigidas a favorecer una recuperación de su eficacia en provecho de la equidad y la difusión del bienestar en el Perú. 

 No quisiera ocultar, por lo demás, que la aparición de esta obra me produce una profunda satisfacción. Unidos por una gran amistad desde nuestros inicios, Alfredo Villavicencio y un servidor hemos mantenido trayectorias paralelas, bien que divergentes en cuanto a nuestro destino, no puedo decir que final pero sí permanente. Aunque nuestra formación ha sido similar, primero en la Universidad Católica del Perú y luego en universidades españolas, Alfredo eligió seguir su carrera en nuestro país mientras que yo opté por continuarla en España. Esta diferente opción ha hecho, por paradójico que parezca, que nos mantengamos muy unidos en estos años, ya que, al fin y al cabo, cada no conserva algo que el otro añora. Por lo demás, ni el tiempo ni las dificultades han hecho que nos apartemos, ni de nuestra vocación original ni de las  inquietudes que hicieron que un día, ambos, decidiésemos ser laboralistas. Y tratar de serlo en serio. El libro que recomiendo ahora con el mayor entusiasmo a los lectores de este blog es el mayor testimonio de que, en el caso de Alfredo, este objetivo vital se ha cumplido con creces.     

A esta entrada se acompañan, gracias a la amable autorización del autor, las páginas de este libro dedicadas al análisis de los efectos de la globalización sobre la libertad sindical y a la tutela de este derecho en el plano interno e internacional.     

El texto de Alfredo Villavicencio «Globalización y libertad sindical: problemas y remedios aún insuficientes y de baja intensidad» puede ser descargado desde el siguiente enlace:      

GLOBALIZACIÓN Y LIBERTAD SINDICAL-AVILLAVICENCIO      

El texto de Alfredo Villavicencio «La protección de la libertad sindical» puede ser descargado desde el siguiente enlace:      

LA PROTECCIÓN DE LA LIBERTAD SINDICAL-AVILLAVICENCIO       

    

PUBLICACIÓN DE INTERÉS: El informe de 2010 del Observatorio de la Negociación Colectiva

Esta semana, en la que este blog ha superado las 25.000 visitas, he podido presentar en el IV Congreso Internacional de Derecho del Trabajo que se viene celebrando en Isla Margarita (Venezuela), la última publicación del Observatorio de la Negociación Colectiva. 

Concebido como grupo de investigación interuniversitario dedicado al estudio de la evolución y transformaciones de la negociación colectiva española, el Observatorio de la Negociación Colectiva lleva desde 2001 publicando aproximadamente cada dos años un informe general sobre el estado de la misma en España.  Estos informes, todos ellos dirigidos por Ricardo Escudero, su creador y principal impulsor, se caracterizan por añadir a la reflexión jurídica sobre el contenido de los convenios colectivos, elementos de análisis provenientes de la economía y sociología, así como de la práctica sindical. Esencial resulta, a estos efectos, su vinculación a la Secretaría de Acción Sindical de la Confederación Sindical de Comisiones Obreras, que ha ofrecido desde un inicio su patrocinio a este grupo de trabajo, poniéndolo en contacto con los agentes negociadores de los convenios.

La obra que acaba de aparecer se titula «Observatorio de la Negociación Colectiva. Empleo público, igualdad, nuevas tecnologías y globalización». Ésta se suma a los distintos informes generales, cinco en total, elaborados desde la creación del grupo, en el año 2001. En  este caso, sin embargo, el estudio se distingue por su novedad, en la medida en que, en vez de abordar el análisis de la manera como la negociación colectiva aborda la regulación de las materias tradicionales (empleo, jornada, salarios, garantías de los representantes, etc.), centra su atención en instrumentos y temas atípicos, no abordados hasta el momento sino de manera fragmentaria e incompleta por otros estudios. En particular, por lo que al grupo de trabajo coordinado por un servidor se refiere, el examen de las respuestas que desde la autonomía colectiva se vienen desarrollando frente a los desafíos planteados por el proceso de globalización, tema al que se dedican nada menos que ocho estudios, que abordan este tema tanto en su dimensión interna como internacional.

Desde este blog me complace, no solamente recomendar esta obra a sus lectores, sino ofrecerles los enlaces a través de los cuales pueden acceder a la misma en versión completa, así como a los cuatro informes anteriores.

El informe de 2010 del Observatorio de la Negociación Colectiva puede ser descargado desde los siguientes enlaces:

· Índice e Introducción;

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/350142.pdf

· Contenido de la investigación:

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/350141.pdf

Los informes de los años 2001, 2004, 2006 y 2008 pueden ser descargados desde los siguientes enlaces: 

Informe de 2001:

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/67226.pdf

Informe de 2004:

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/67229.pdf

Informe de 2006:

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/226488.pdf

Informe de 2008:

· Índice:

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/68741.pdf

· Contenido de la investigación:

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/comunes/temp/recursos/99998/68742.pdf

Para más información sobre el Observatorio de la Negociación Colectiva

http://www.observatorionegociacioncolectiva.org/observatorioNegociacionColectiva/menu.do?Inicio  

 

PUBLICACIÓN DE INTERÉS: La revista digital «Jurisdicción Social»

 

H. Daumier, Tres abogados

El dia de ayer, viernes 19 de febrero, fue sin duda un dia especial para este blog  -y, naturalmente, también para su autor- ya que en esta fecha el primero consiguió superar las 15.000 visitas y alcanzar su record diario de entradas. No hay nada más estimulante para quienes intentamos servirnos de las nuevas tecnologías para fomentar la reflexión y el acercamiento crítico a los problemas del mundo del trabajo que saber que nuestro esfuerzo encuentra un destinatario «al otro lado«. Demás está decir que, en estas condiciones, mi compromiso con este trabajo, inciado tímidamente en agosto de 2008 gracias a la colaboración de los amigos de PLADES, se mantiene con renovado entusiasmo.

Creo que una buena forma de celebrar este acontecimiento es poniendo a disposición de quienes visitan este blog una herramienta que pueda serles especialmente útil para desarrollar su actividad.

Hace tiempo que soy consciente de  que información no equivale a conocimiento, y de que Internet ha incrementado exponencialmente la primera, pero sin que ello suponga necesariamente un incremento de las posibilidades de acceso al segundo.  Antes bien, por su naturaleza, la red no discrimina la información verdadera de la falsa, la pertinente de la no pertinente, la contrastada de la no contrastada, los que son puros juicios o valoraciones interesadas de los resultados de la investigación seria y rigurosa, etc. No obstante, cada vez más es posible encontrar en Internet contenidos de verdadero interés y calidad, aunque normalmente envueltos en una maraña cada vez más tupida de otro tipo de materiales.

Por esta razón, resulta de especial importancia poder disponer de un instrumento que ayude a quien se aproxima a la red reconocer las fuentes a partir de las cuales es posible disponer de  información seria y rigurosa. Debo al apreciado colega Miguel Ángel Falguera y Baró la oportunidad de conocer un medio capaz de cumplir ese rol. Se trata de la Revista On Line «Juriscción Social», editada por la Comisión de lo Social de la Asociación Jueces para la Democracia.

No me extenderé en la descripción de sus contenidos, ya que creo que la mejor manera de aproximarse a ellos es visitando el sitio de la revista, cuyas señas se reproducen al final de esta entrada. No obstante, me gustaria indicar que no he visto un medio en el que aparezca una relación más cuidada y a la vez completa de todos los recursos disponibles en Internet que puedan ser de utilidad a un laboralista. Y que su consulta no solo resulta provechosa para quienes se dedican a estas actividades en España. Antes bien,  la completa relación de artículos sobre temas laborales  disponibles en internet, lo mismo que su catálogo de revistas digitales y sitios web, son sin duda un instrumento que será de inmensa utilidad igualmente a los laboralistas de los países de América Latina.

LA REVISTA DIGITAL «JURISDICCIÓN SOCIAL» ESTÁ DISPONIBLE DESDE EL SIGUIENTE ENLACE: 

http://www.juecesdemocracia.es/revistas/revistajurisdiccionsocial2010.asp