CALL FOR PAPERS – II Seminario Internacional «Diligencia debida y derechos humanos laborales: experiencias y propuestas» (Salamanca, 26 y 27 de octubre de 2023)

Luego de la exitosa celebración en 2022 del Seminario Internacional “Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas globales de valor”, las actividades del Proyecto TRANSLAB continúan con la celebración de este II Seminario Internacional, cuya call for papers me complace especialmente compartir ahora, con nuestra invitación a la toda comunicad científica interesada en la materia para que participen de este presentando sus propuestas de comunicaciones. 

El II Seminario Internacional “Diligencia debida y derechos humanos laborales: experiencias y propuestas” se propone profundizar en el análisis de las implicaciones laborales del actual proceso de construcción de instrumentos dirigidos a promover el respeto de los derechos humanos y el medio ambiente en los procesos globales de producción liderados por las empresas multinacionales.

Para ello partirá de examinar el rol que cumple dentro de ese proceso la noción de diligencia debida en materia de derechos humanos, introducida como estándar de conducta empresarial responsable por los Principios Rectores de las Naciones Unidas y luego recogida por numerosos instrumentos internacionales y normas nacionales.

Una premisa fundamental luego de la cual centrará su atención en el examen de la relación entre la referida noción y los derechos humanos asociados al trabajo, con el fin de aportar elementos para la reconstrucción de su faceta o dimensión laboral desde dos perspectivas específicas: a) determinar los rasgos singulares que adquiere la obligación de las empresas de actuar con diligencia debida cuando de lo que se trata es de identificar o mitigar impactos negativos sobre los derechos humanos de contenido laboral, y b) establecer cuál es la conducta exigible a las empresas en relación con cada uno de esos derechos.

A estos efectos, la atención se centrará en las siguientes cinco áreas temáticas, que constituyen otras tantas mesas de trabajo del seminario:

a) la construcción de la dimensión laboral de la diligencia debida

b) diligencia debida y explotación laboral

c) diligencia debida y derechos fundamentales en el trabajo

d) diligencia debida y condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y

e) análisis de experiencias y propuestas.

Si tenemos en cuenta que los derechos laborales constituyen una parte esencial del núcleo de derechos protegidos a través de los instrumentos internacionales y nacionales sobre la materia y que las vulneraciones de estos derechos representan una porción sustancial de las que se registran dentro de la experiencia internacional, con casos que han suscitado una muy amplia condena internacional, se podrá advertir la importancia que adquiere la reconstrucción de la dimensión laboral de la diligencia debida en materia de derechos humanos objeto del presente seminario y el interés de contribuir a esta reflexión por parte de la comunidad científica.

La celebración de este seminario forma parte de las actividades del Proyecto de Investigación “La construcción transnacional del Derecho del Trabajo: de la pirámide a la red. La contribución española” (TRANSLAB), dirigido por quien esto escribe y el profesor Juan Bautista Vivero Serrano, que actuamos también como sus directores, como lo fuimos del Seminario Internacional “Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas globales de valor”, celebrado en Salamanca el 31 de marzo y el 1 de abril de 2022.

Es para mí una gran satisfacción poder compartir ahora con los amigos de esta bitácora la invitación que hacemos los directores a la comunidad académica para participar en este seminario, a celebrarse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca los días 3 26 y 27 de octubre de 2023, mediante la presentación de comunicaciones o  ponencias voluntarias sobre los temas de cada una de las seis mesas temáticas que forman parte del programa de este seminario.

El calendario para la presentación de propuestas y la elaboración de las comunicaciones o ponencias voluntarias es el siguiente:

1. Presentación de propuestas de comunicaciones: hasta el 16 de junio de 2023
2. Aceptación de las propuestas de comunicaciones: hasta el 26  de junio de 2023
3. Presentación definitiva de las comunicaciones aceptadas: hasta el 9 de octubre de 2023

La call for papers y el programa del II Seminario Internacional «Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas de valor» pueden ser descargados desde el siguiente enlace:

CALL FOR PAPERS – II SEMINARIO TRANSLAB – 2023

El formulario para la presentación de propuestas de comunicaciones o ponencias voluntarias puede ser descargado desde el siguiente enlace:

Formulario de inscripción – II SEMINARIO TRANSLAB – 2023

Retransmisión en streaming del Seminario Internacional «Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas globales de valor»

Como he tenido ocasión de anunciar a los amigos de este espacio compartido, este jueves y viernes celebraremos en Salamanca el Seminario Internacional “Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas globales de valor», contando con la participación de destacados especialistas españoles, europeos y americanos.

Es para mi una gran satisfacción poder invitar ahora a todos los que no han podido inscribirse para asistir de manera presencial a esta actividad, a seguir a través de streaming el conjunto de intervenciones del seminario.

Para ello es necesario conectarse al siguiente enlace:

https://www.youtube.com/channel/UC9mvQWHuY4cEVnamSno9cGg

 

CALL FOR PAPERS – Seminario Internacional «Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas globales de valor» (Salamanca, 31 de marzo y 1 de abril de 2022)

La construcción de instrumentos dirigidos a promover el respeto de un núcleo básico de derechos laborales al interior de las cadenas mundiales de producción lideradas por las empresas multinacionales constituye una línea de tendencia cada vez más acentuada dentro de la dinámica del capitalismo global, que ni siquiera la pandemia ha sido capaz de frenar. Las páginas de este cuaderno de notas han servido para dar cuenta de ello de manera constante a lo largo de los últimos años.

La importancia que empiezan a adquirir estos instrumentos, que poco a poco van inundando todos los planos de regulación, convierte en una necesidad llevar a cabo un balance de sus puntos fuertes y sus espacios de mejora, así como de su capacidad para dar lugar, mediante el juego combinando de todas ellas, a una disciplina transnacional de las relaciones de trabajo capaz de promover de manera efectiva el trabajo decente al interior de dichas cadenas.

El Seminario Internacional «Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas globales de valor», que continúa la línea de reflexión iniciada por el Grupo Internacional de Investigación sobre Comercio Internacional y Trabajo, busca adentrarse en el análisis de las posibilidades y los desafíos planteados por el proceso de construcción de dichos instrumentos, contando con el concurso de destacados expertos, tanto españoles como de otros países europeos y americanos.

La celebración de este seminario forma parte de las actividades del Proyecto de Investigación “La construcción transnacional del Derecho del Trabajo: de la pirámide a la red. La contribución española” (TRANSLAB), dirigido por quien esto escribe y el profesor Juan Bautista Vivero Serrano, que actuamos también como sus directores, como lo fuimos del reciente número monográfico de Trabajo y Derecho dedicado a «La diligencia debida en materia de derechos humanos laborales» con el que iniciamos nuestra andadura.

Es para mí una gran satisfacción poder compartir ahora con los tenaces amigos de esta bitácora la invitación que hacemos los directores a la comunidad académica para participar en este seminario, a celebrarse en la Facultad de Derecho de la Universidad de Salamanca los días 31 de marzo y 1 de abril de 2022, mediante la presentación de comunicaciones o  ponencias voluntarias sobre los temas de cada una de las seis mesas de trabajo que forman parte del programa de este seminario, a través de las cuales pasaremos revista a los diversos tipos de intervención por medio de los cuales está en condiciones de expresarse esa disciplina transnacional de las relaciones de trabajo para las cadenas de valor que empieza a vislumbrarse en el horizonte.

El calendario para la presentación de propuestas y la elaboración de las comunicaciones o ponencias voluntarias es el siguiente:
1. Presentación de propuestas: hasta el 31 de enero de 2022.
2. Aceptación de las propuestas: hasta el 7 de febrero de 2022.
3. Presentación definitiva de los textos: hasta el 21 de marzo de 2022.

La call for papers y el programa del Seminario Internacional «Diligencia debida y trabajo decente en las cadenas de valor» pueden ser descargados desde el siguiente enlace:

CALL FOR PAPERS – I SEMINARIO TRANSLAB – 2022

El formulario para la presentación de propuestas de comunicaciones o ponencias voluntarias puede ser descargado desde el siguiente enlace:

https://bit.ly/3GewSh1

Nueva publicación: COMERCIO INTERNACIONAL, TRABAJO Y DERECHOS HUMANOS (Eds. Universidad de Salamanca, 2021)

Pocas cosas me ilusionan más que presentar en este espacio compartido del laboralismo global un nuevo resultado de investigación. Más aún cuando es el fruto de un cuidado proceso de reflexión colectiva y tiene la forma de un libro.

Este es el caso de Comercio internacional, trabajo y derechos humanos, libro colectivo recientemente aparecido bajo el sello editorial de la Universidad de Salamanca, del que he sido editor y director.

Los once estudios reunidos en este volumen forman parte de las labores del Grupo Internacional de Investigación sobre Comercio Internacional y Trabajo, cuya coordinación me fue encomendada por la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo con el propósito de dar lugar a un amplio proceso de reflexión sobre este tema de cara a su XXIII Congreso Mundial, que se celebró exitosamente en Lima esta semana y del que daré cuenta en otra entrada , a ser posible compartiendo algunos de sus resultados. Y en especial la ponencia que tuve la ocasión de presentar en él.

La obra recoge las versiones escritas de las ponencias que fueron presentadas en el seminario internacional de discusión de los resultados del trabajo de nuestro grupo de investigación, realizado en febrero de ese año, en el que fue expuesto un informe de síntesis del coordinador y presentados un conjunto de análisis, experiencias y propuestas de particular relieve, asociadas a la protección de los derechos laborales a escala global.

En concreto, la obra incluye contribuciones de Vania Brino, Carlos López Hurtado, Jean-Michel Servais, Charles Szymansky, Antonio Ojeda Avilés, Isabelle Daugareilh, Luca D’Ambrosio, Tatiana Sachs, Francesca Columbu, Tulio Oliveira Massoni, Renato Bignami, Gastón López Argonz, José Francisco Castro y Amalia de la Riva, además del referido estudio de síntesis elaborado en mi condición de coordinador del grupo.

Más allá de sus diversas aproximaciones, a todos los textos incluidos en este libro subyace una convicción común, que constituye la conclusión más relevante de nuestro trabajo.

Esta viene representada por la conciencia de que asistimos, casi sin percibirlo, a la construcción de una nueva disciplina supranacional –o de un Derecho Transnacional del Trabajo– aplicable a las cadenas mundiales de producción lideradas por las empresas multinacionales, de la que son expresión una variedad de iniciativas y herramientas, todas encaminadas a promover la garantía de un núcleo de condiciones laborales justas al interior de las mismas, sin importar dónde se ubiquen sus eslabones o quién ocupe la posición de empleador.

Una expresión más de ese Derecho Global que emerge como resultado de la acción de una variedad de agentes, privados y públicos, empresariales, sindicales y de la sociedad civil, cuyos caracteres y elementos fundamentales tuve la ocasión de presentar el pasado miércoles 8 de septiembre a los asistentes al Congreso Mundial.

La cubierta y el índice del libro «Comercio internacional, trabajo y derechos humanos» pueden ser descargados desde el siguiente enlace:

Cubierta e índice – Libro comercio internacional trabajo y derechos humanos

La presentación del libro «Comercio internacional, trabajo y derechos humanos», escrita por Wilfredo Sanguineti, puede ser descargada desde el siguiente enlace:

Presentación – Libro comercio internacional trabajo y derechos humanos – WSANGUINETI

Lanzamiento del Observatorio de Empresas Multinacionales y Derechos Humanos Laborales

Al Derecho Global le falta una prima donna absoluta, como ha venido siendo hasta ahora la legislación para el Derecho de los Estados.

Lo cierto, sin embargo, es que este Derecho sin fronteras está emergiendo con cada vez más fuerza, no como un cuerpo de normas vinculantes emanadas por un único ente supranacional, sino como un gran mosaico compuesto por una gran diversidad de piezas de muy distintos orígenes y naturaleza, como apuntaría hace algún tiempo María Rosaria Ferrarese en su Prima lezione di diritto globale (Bari, 2012).

Una expresión, no precisamente menor, de ese Derecho Global está representada por la gran cantidad de instrumentos de diversa naturaleza -públicos y privados, internacionales y nacionales, convencionalmente adoptados o fruto del poder unilateral de las empresas- que en la última etapa vienen gestándose con el fin de promover el respeto de un núcleo de condiciones laborales justas a lo largo de las cadenas mundiales de producción lideradas por las empresas multinacionales.

La emergencia de estos instrumentos es un proceso cierto, que casi sin darnos cuenta está cobrando fuerza, consistencia y profundidad. Y cuyo estudio no puede pasar desapercibido para los juristas del trabajo, ya que en su construcción se juega buena parte del futuro de nuestra disciplina, que será transnacional, al menos en sus aspectos fundamentales, o no será capaz de poner freno a las presiones a la baja que la globalización económica sigue imponiendo a sus contenidos e intensidad protectora.

Esta es, de hecho, la materia objeto del Proyecto de investigación “La dimensión trasnacional del Derecho del trabajo: de la pirámide a la red. La contribución española” (TRANSLAB) , cuya dirección comparto con el profesor Juan Bautista Vivero Serrano y del que formamos parte un nutrido grupo de investigadores de universidades españolas y extranjeras.

La hipótesis en la que se basa nuestro trabajo está representada por la consideración de ese mosaico de nuevos instrumentos como piezas de un inédito Derecho Transnacional del Trabajo de base híbrida y regulación multinivel, fruto del convencimiento –social, político, sindical e incluso empresarial– en torno a la necesidad de una globalización jurídica que acompañe a la globalización económica y contribuya a equilibrar sus efectos.

Una de las grandes dificultades de nuestro trabajo está representada por el hecho de que, al tratarse de un Derecho que prescinde del concepto de fuerte formal para atender exclusivamente a la capacidad de cada instrumento de desplegar efectos, es imposible contar con un repertorio previo de sus manifestaciones. Antes bien, estas se están produciendo todos los días, en muy diversos ámbitos, sin que exista ningún instrumento que las agrupe y publique. Es decir, una suerte de Boletín Oficial del Derecho Transnacional.

De allí la importancia del Observatorio sobre Empresas Multinacionales y Derechos Humanos Laborales del Proyecto TRANSLAB, cuya página web les presento el día de hoy.

Fruto de un intenso trabajo de nuestro grupo de investigación, en esta página podrán encontrar todas las personas e instituciones interesadas -organismos públicos, asociaciones empresariales, empresas, sindicatos, ONG, estudiosos de la materia, etc.- una completa recopilación de los muy distintos instrumentos –declaraciones y tratados internacionales, normas comunitarias, leyes nacionales, acuerdos marco, códigos de conducta, entre otros– que vienen gestándose con esa finalidad. Junto a un repertorio de los más importantes documentos sobre la materia producidos por las instituciones internacionales y comunitarias, los sindicatos y las asociaciones empresariales, una cuidada selección bibliográfica sindicales y dos secciones dirigidas a difundir las más relevantes noticias y actividades que afectan al mundo del trabajo en las cadenas mundiales de producción.

Este es un instrumento único en su género, que me llena de orgullo poner a disposición de los amigos de este espacio compartido del laboralismo de las dos orillas. O, quizá mejor, del laboralismo sin fronteras …

La página web del Observatorio sobre Empresas Multinacionales y Derechos Humanos Laborales puede ser consultada escribiendo sobre su navegador de Internet el siguiente enlace:

proyectotranslab.usal.es

El informe consolidado del Grupo internacional de investigación «comercio internacional y trabajo» (versión completa)


A través de esta entrada cumplo con el compromiso de poner a disposición de todas las personas interesadas el volumen que recoge los resultados del trabajo del Grupo de investigación Internacional sobre “comercio internacional y trabajo”, creado el 30 de junio de 2020 a instancias de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social con el objeto de promover la investigación colaborativa en torno a uno de los siete temas que serán objeto de discusión en su XXIII Congreso Mundial, a celebrarse en Lima entre el 7 y el 10 de septiembre de 2021.

La creación del grupo tiene como antecedente mi designación como coordinador del referido grupo en septiembre de 2019 .

La convocatoria para la conformación del grupo fue realizada por el Secretario General de la Sociedad Internacional el 8 de mayo de 2020 mediante el envío de una invitación a las asociaciones nacionales para que propongan a sus miembros solicitar su incorporación, la cual estuvo acompañada de un documento base en el que puse de manifiesto el marco teórico y los objetivos de la investigación a realizar, así como un cuestionario de preguntas sobre las que centrar la reflexión.

La propuesta realizada en ese documento fue la de focalizar la atención del grupo en el estudio del proceso de construcción de instrumentos de garantía de un núcleo de condiciones laborales justas en las cadenas mundiales de producción lideradas por las empresas multinacionales.

Este enfoque se basa en la idea de que nos encontramos en un momento crucial para el futuro de la gobernanza del trabajo en la economía global, caracterizado por la puesta en marcha de un número cada vez más importante de instrumentos, tanto de origen público como privado, dirigidos a promover el respeto de los derechos humanos de contenido laboral al interior de esas cadenas.

De allí que la propuesta de temas para la discusión que se realizó centrase su atención en el análisis de cada una esas nuevas fórmulas de gobernanza global del mundo del trabajo y las sinergias que pueden establecerse entre ellas, con el fin de realizar propuestas que hagan posible un juego más equilibrado de la libre competencia y las exigencias de la sociabilidad dentro de la economía y el comercio global.

Afortunadamente la iniciativa tuvo una gran acogida. Acudieron al llamamiento ochenta y siete investigadores de doce nacionalidades distintas, los cuales se agruparon en nueve subgrupos de trabajo, principalmente en razón de su nacionalidad.

El método de trabajo del grupo se basó en la preparación informes por cada uno de los subgrupos nacionales -y algunos investigadores a título individual- basados en la preparación de respuestas breves a las preguntas del cuestionario, utilizando un modelo de ficha dentro del cual se distinguen las cuestiones clave dentro de cada tema de las propuestas.

Resultado de este trabajo son los nueve informes nacionales y los cuatro informes individuales recopilados en el documento que me complace ahora poner al alcance de la comunidad académica como expresión del trabajo colectivo de un amplio grupo de laboralistas de diversas nacionalidades, todos interesados contribuir desde sus distintas perspectivas y espacios a la construcción de herramientas que hagan posible una eficaz garantía de los derechos laborales en el espacio global.

No me cabe duda de que las aportaciones contenidas en este volumen, que serán desarrolladas en las comunicaciones y la ponencia general que se presentarán en el Congreso Mundial de Lima, constituirán una contribución del mayor relieve a la construcción de esa disciplina transnacional de las relaciones de trabajo que nuestro tiempo demanda.

El informe consolidado del Grupo internacional de investigación sobre «comercio internacional y trabajo» puede ser descargado desde el siguiente enlace:

INFORME CONSOLIDADO-GRUPO DE INVESTIGACIÓN COMERCIO INTERNACIONAL Y TRABAJO-VERSION FINAL-10-02-21

Seminario «Comercio internacional y trabajo»: versión íntegra en YouTuve

Siempre es una satisfacción para mi compartir con los amigos de este espacio de reflexión laboralista los resultados del trabajo realizado.

Pero lo es más aún cuando se trata de poner a disposición de todos la grabación de las dos sesiones del Seminario Internacional sobre «Comercio internacional y trabajo» que celebramos los días miércoles 10 y viernes 12 de este mes de febrero.

Esta actividad no solo me ha permitido presentar los resultados del trabajo del grupo internacional de investigación sobre «comercio internacional y trabajo», del que soy coordinador por encargo de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, sino congregar en diez memorables intervenciones a especialistas grandísimo nivel para debatir sobre los grandes dilemas y los principales avances del proceso de construcción de una disciplina transnacional de las relaciones de trabajo.

El programa va, desde la valoración del papel de la debida diligencia como instrumento para la tutela transnacional de los derechos laborales, pasando por el examen de los avances en la elaboración de un tratado internacional sobre las obligaciones de las empresas en materia de derechos humanos, el papel de futuro de la OIT, la aplicación de la ley francesa sobre el deber de vigilancia, la inclusión de cláusulas sobre salarios en el último tratado de libre comercio entre los Estados Unidos, México y Canadá o el papel de los derechos laborales en los acuerdos de protección de inversiones, hasta llegar al balance de casos emblemáticos y experiencias relevantes de tutela de los derechos humanos laborales en varios países de América Latina.

El desarrollo exhaustivo de todos estos contenidos aparece recogido en los informes nacionales e individuales presentados por los miembros del grupo de investigación, cuya recopilación en un documento único me comprometo a poner a disposición de los amigos de este espacio compartido próximamente.

Invitación al Seminario internacional «Comercio internacional y trabajo» (10 y 12 de febrero)

La semana próxima se celebrará el Seminario internacional «Comercio internacional y trabajo» con el objeto de presentar los resultados del trabajo del grupo internacional de investigación del mismo nombre, del que soy coordinador.

Como tuve ocasión de informar en esta misma página, este grupo fue constituido en junio de 2020 a instancias de la Sociedad Internacional de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social con el propósito de promover la investigación colaborativa sobre uno de los temas que serán objeto de debate en el próximo Congreso Mundial de nuestra disciplina, cuya celebración está prevista entre el 7 y el 10 de septiembre próximos.

En lo que puede ser considerado como un gran éxito de convocatoria, forman parte del grupo internacional un total de ochenta y siete investigadores de doce nacionalidades diferentes, los cuales se han agrupado en nueve subgrupos de trabajo a los efectos de responder al cuestionario que les fuera presentado junto a un documento en el que se señalaron las líneas  fundamentales del enfoque de nuestro trabajo, presididas por la idea de centrar la atención en las nuevas formas de gobernanza global del mundo del trabajo, que buscan garantizar un núcleo básico de condiciones laborales justas en las cadenas mundiales de producción lideradas por las empresas multinacionales.

El resultado del trabajo de los subgrupos a lo largo de los últimos meses, representado por siete informes nacionales, uno plurinacional y cuatro individuales con los que se ha elaborado un documento unificado que será difundido en breve, es el que se presentará en el seminario de la semana próxima.

Además de la una presentación general de los informes a mi cargo, el programa incluye diez intervenciones de miembros de los subgrupos de trabajo, que presentarán algunos de los aspectos más relevantes de sus respectivas contribuciones.

Se tratarán temas de tanta actualidad como los relacionados con la utilidad de la noción de debida diligencia empresarial para la garantía de los derechos laborales fundamentales (Vania Brino, Italia), el estado del tratado sobre las obligaciones de las empresas en materia de derechos humanos que viene negociándose en el seno del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Carlos López Hurtado, Perú), la OIT y la gobernanza del trabajo en las cadenas mundiales de producción de las empresas multinacionales (Jean-Michel Servais, exdirector de la OIT)  o la aplicación de la ley francesa sobre el deber de vigilancia de las empresas (Isabelle Daugareilh, Francia), por aludir solo a las intervenciones del primer día.

Es para mí motivo de inmensa satisfacción invitar a todos los amigos de este cuaderno de notas a una actividad de tanto interés, fruto del trabajo colectivo de un grupo multinacional de investigadores convencidos de la importancia que tiene para el futuro del Derecho del Trabajo la construcción de su dimensión transnacional.

Los interesados pueden inscribirse para participar en el seminario a través del siguiente enlace:

https://bit.ly/3o26YUk

El programa del Seminario internacional «comercio internacional y trabajo» puede ser descargado desde el siguiente enlace:

Programa Seminario «comercio internacional y trabajo»

«La construcción supranacional del Derecho del Trabajo» – nuevo monográfico de Trabajo y Derecho

Desde el lanzamiento en 2011 de los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos de las Naciones Unidas vienen poniéndose en marcha una serie de iniciativas, tanto a nivel internacional como de diversos Estados, dirigidas a favorecer, en unos casos, y a exigir, en otros, a las empresas multinacionales la puesta en marcha de procesos de control de las condiciones con arreglo a las cuales se presta el trabajo en sus cadenas mundiales de producción.

El último número número monográfico de Trabajo y Derecho, titulado «La construcción supranacional del Derecho del Trabajo», cuya coordinación corrió a mi cargo, busca dar cuenta de este proceso y de la manera cómo, a través de él, empieza a emerger una nueva manera de concebir la tutela de los derechos sociales en el espacio global, que coloca en el centro de su esfera de actuación a las propias multinacionales y el poder de estas sobre sus cadenas mundiales de producción, pero que trata a la vez dotar de consistencia a sus manifestaciones y convertir en exigible su ejercicio mediante su interacción con fórmulas de públicas de intervención y mecanismos de diálogo, participación y acuerdo con las instancias representativas de los trabajadores en ellos implicados.

El tiempo dirá si este novedoso modelo de regulación, caracterizado por la concurrencia de múltiples actores, ámbitos y fórmulas de regulación, cuya fuerza no radica en la capacidad reguladora de cada uno sino en el resultado que se consigue a través de la interacción y las sinergias de todos ellos, estará en condiciones de constituir una base sólida para la construcción de un Derecho Transnacional del Trabajo de base híbrida y regulación multinivel como el que parece empezar a insinuarse de la multiplicidad de intervenciones de cuyas características e interacciones dan cuenta detenida las contribuciones que aparecen en las páginas de este número, de cuya aparición es para mi una gran satisfacción poder dar noticia a los amigos de esta bitácora.

En él podrán encontrar aportaciones de varios de los más relevantes estudiosos del fenómeno, como los profesores Antonio Ojeda Avilés, Vania Brino y David Lantarón, de las Universidades de Sevilla, Venecia y Cantabria, que profundizan en el examen de una línea de reflexión que, como la mayoría sabrá, constituye una de mis principales preocupaciones en la última etapa y sobre la que pude ocuparme extensamente con ocasión del último congreso español de Derecho del Trabajo celebrado en Salamanca en mayo de este año.

Acompañan a esta entrada la cubierta y el sumario del número, la columna de Opinión que lo presenta, titulada «Los límites del poder privado de las empresas multinacionales», de la que soy autor, y una reseña bibliográfica que presenta y comenta las principales aportaciones al conocimiento del trabajo en el seno de las cadenas mundiales de valor, de la que es autora la profesora María Katia García Landaburu.

La cubierta y el sumario del número monográfico 10 de Trabajo y Derecho pueden ser descargados desde el siguiente enlace:

Pdf TD monográfico número 10-cubierta-sumario

La Opinión de Wilfredo Sanguineti sobre «Los límites del poder privado de las empresas multinacionales» puede ser descargada desde el siguiente enlace:

Pdf TD monográfico número 10-Opinion WSANGUINETI

La reseña bibliográfica de María Katia García Landaburu sobre «Globalización, cadenas de valor y estándares laborales» puede ser descargada desde el siguiente enlace:

Pdf monográfico número 10-reseña bibliografica-MKGARCIA

 

El nuevo Acuerdo Marco Global Inditex-IndustriALL

Son muchas las veces en las que me he referido en este cuaderno de notas al sistema de control sindical de las condiciones de trabajo que viene construyéndose en la cadena mundial suministro de Inditex gracias a la cada vez más intensa relación de colaboración entre esta empresa y la Federación de Industria de CC.OO. (antes Fiteqa).

Una relación de colaboración que se iniciaría hace casi dos décadas con varias actuaciones e iría avanzando paso a paso, bajo el impulso de lo problemas y las necesidades, hasta dar lugar al primer acuerdo marco internacional suscrito por una empresa del sector textil en el año 2007 y a su renovación en 2014, así como a acuerdos posteriores sobre temas específicos, que fueron completando sus contenidos y favoreciendo una más eficaz aplicación de sus fórmulas de control.

El pasado 13 de noviembre el proceso de construcción de ese sistema participado de control, que empieza a ser replicado por otras marcas internacionales del sector de la moda, dio un paso muy importante con la aprobación del nuevo texto del referido acuerdo marco, que recibe desde 2014 la calificación de global.

Digo aprobación  de un nuevo acuerdo y no renovación porque en el texto de 2019, además de recogerse mecanismos de garantía que con anterioridad se encontraban recogidos en otros documentos (como los derechos de información sobre la composición de la cadena de suministro y de acceso a los centros de trabajo de los proveedores y contratistas), se incluyen algunas novedades muy importantes (como la creación para su implementación de un Comité Sindical Global con representación de todas las regiones donde tiene situada su producción Inditex, junto a los sindicatos españoles, un Comité de Coordinación y un Coordinador del acuerdo).

No es preciso insistir mucho en la importancia de la firma de este nuevo acuerdo.  A la vista están los dos  millones y medio de trabajadores y las siete mil fábricas que trabajan para Inditex en todo el mundo. Y también la rica experiencia de participación sindical, desde los tiempos del trabajo de Isidor Boix, primer Coordinador del acuerdo y padre de esta iniciativa, continuado ahora por Víctor Garrido (quinto de izquierda a derecha en la foto). A los que quisiera, por cierto, felicitar de manera muy especial por este importante logro.

Gracias a la amabilidad del primero puedo compartir ahora con los amables seguidores de esta bitácora la primicia del texto del nuevo acuerdo.

El texto del Acuerdo Marco Global entre Inditex e IndustriALL suscrito el 13 de noviembre de 2019 puede ser descargado desde el siguiente enlace:

AMG-Inditex-2019

La ley francesa sobre el deber de vigilancia de las casas matrices de las grandes empresas

Una revolución silenciosa se está produciendo en el ámbito de la construcción de los mecanismos de garantía de los derechos laborales a nivel internacional.

Esta revolución tiene dos características fundamentales: la utilización de las cadenas mundiales de producción de las empresas multinacionales como espacio de garantía de esos derechos y la puesta en marcha de instrumentos de garantía de muy diversa naturaleza, todos ellos dirigidos de forma coordinada a promover su eficacia dentro de las mismas.

De la simple e incondicionada puesta en marcha de medidas unilaterales por parte de dichas empresas, del tipo de los códigos de conducta para proveedores y contratistas, se está pasando progresivamente, así, a la puesta en marcha de una serie de iniciativas, varias de ellas de carácter público, que buscan encauzar el poder de esas empresas hacia políticas de respeto de un núcleo básico de derechos en sus redes mundiales de producción.

La expresión más acabada de esta tendencia, de la que tuve ocasión de hablar largamente en la ponencia general presentada ante el XXIX Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (ver la entrada del pasado 10 de mayo), está representada por la Ley Francesa sobre el deber de vigilancia de las sociedades matrices y empresas controladoras, que opta por primera vez por convertir en obligatoria la puesta en marcha, por parte de las grandes empresas con sede en su territorio, de políticas dirigidas a garantizar el respeto de los derechos humanos, entre ellos los de carácter laboral, la seguridad y la salud y el medio ambiente, al interior de sus cadenas de suministro, mediante la imposición de un deber de vigilancia a las casas matrices de aplicación extraterritorial.

Comparto con los siempre pacientes amigos de este espacio de reflexión el  texto de la Opinión que sobre esta ley ha aparecido recientemente en en número 55-56 de Trabajo y Derecho, correspondiente a los meses de julio y agosto de 2019, del que soy autor.

 La cubierta y el sumario de Trabajo y Derecho número 55-56 pueden ser descargados desde el siguiente enlace:

TRABAJO Y DERECHO 55-56 – Cubierta sumario

El texto de la Opinión de Wilfredo Sanguineti sobre la ley francesa reguladora del deber de vigilancia de las sociedades matrices y empresas controladoras puede ser descargado desde el siguiente enlace:

TRABAJO Y DERECHO  55-56 – Opinión – La Ley francesa deber de vigilancia – WSANGUNETI

TEXTO DE LA PONENCIA: «Las cadenas mundiales de producción y la construcción de un Derecho del Trabajo sin fronteras»

Ralph Fasanella, “Bread and Roses” (1912)

Los días 30 y 31 de mayo se llevará a cabo en Salamanca el XXIX Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, como bien saben la mayor parte de los amigos de este cuaderno de notas.

Mientras ultimamos los preparativos para la celebración de tan magno acontecimiento, que volverá a reunir a la doctrina española, esta vez en torno a la reflexión sobre el futuro del trabajo con ocasión del centenario de la OIT, es para mi motivo de gran satisfacción poder compartir a través de este medio el texto de la ponencia inaugural que nuestra Asociación tuvo a bien encargarme, así como el enlace al conjunto de las ponencias que serán presentadas en los sucesivos paneles simutáneos que integran el programa del Congreso, recientemente publicadas en su página web.

La entrada se acompaña de una síntesis de la primera y sus principales propuestas.

SÍNTESIS DE LA PONENCIA

Nunca antes ha existido una preocupación mayor por la vigencia de universal de los derechos laborales y nunca antes ha existido un proceso de construcción de herramientas de proyección internacional dirigidas a garantizarla. Este proceso de construcción se expresa, no obstante, a través una variedad de instrumentos emanados de una gama igualmente amplia de instancias e instituciones, tanto públicas como privadas, que buscan proyectar la garantía de un núcleo básico de derechos laborales, coincidente en lo esencial con los proclamados como fundamentales por la OIT, antes que a un determinado territorio estatal, al universo de las cadenas mundiales de producción lideradas por las empresas multinacionales.

En la base de esta transformación se sitúa la emergencia de una nueva realidad económica y productiva a escala global, marcada por el despliegue de dichas cadenas, y sus contradictorios efectos sobre el empleo y las condiciones laborales de los países donde se sitúan sus eslabones más débiles, que han sido caracterizados como generadores de un “crecimiento empobrecedor”, así como la imposibilidad de los instrumentos tradicionales de garantía de los derechos laborales, nacionales e internacionales, para hacerles frente, poniendo límites a la cada vez más acusada competencia a la baja entre sistemas sociales generada por el proceso de globalización.

La mejor manera dar pasos hacia la garantía de al menos un núcleo básico de derechos laborales al interior de dichas cadenas, que permita colmar el déficit de gobernanza por ellas generado, es tratando de convertirlas también en cadenas mundiales de control e incluso de mejora de las condiciones laborales, sirviéndose de la capacidad de influencia de las casas matrices sobre sus socios comerciales y el interés de estas de limitar el riesgo reputacional asociado a la detección de prácticas laborales abusivas. Este es un camino que ha empezado a recorrerse en las últimas décadas, bien que con resultados insatisfactorios, debidos tanto a deficiencias de los instrumentos privados de garantía diseñados, en particular en lo relativo al control, como a su falta de coherencia con el modelo de negocio imperante en numerosos sectores, basado en la creación de redes de subcontratación altamente flexibles y sensibles a las diferencias de costes.

Estas limitaciones ponen de manifiesto la necesidad, antes que de prescindir de estos instrumentos, cuya capacidad de incidencia transnacional no puede ser replicada, de contemplarlos como parte de un enfoque más amplio, que permita suplir sus deficiencias y avanzar hacia un modelo de mayor compromiso con los superiores costes que inevitablemente conlleva el trabajo decente. Esto exige una combinación o hibridación, tanto de esferas de intervención (entre la esfera laboral y la esfera económica), como de instrumentos reguladores (tanto públicos como privados), de la que empiezan a registrarse importantes manifestaciones.

Muestra de lo primero es la presencia de una serie de instrumentos privados que, o bien incluyen eficaces fórmulas de control “desde la base”, basadas en la participación de los trabajadores y sus representantes, o bien recogen compromisos relacionados con las prácticas de compra de las empresas signatarias, dirigidos a asegurar una relación más sostenible con los proveedores y contratistas. Expresión de lo segundo es la emergencia de una importante malla de instrumentos internacionales, todos alineados en torno a las nociones de “debida diligencia” y “esfera de influencia”, a través de los cuales se trata encauzar el poder de las empresas multinacionales, convirtiéndolo en un instrumento al servicio de una política de respeto y garantía de los derechos humanos y el medio ambiente a escala universal. Así como su posterior recepción por una serie de normas comunitarias y de ámbito nacional que persiguen, en algunos casos promover la puesta en marcha de procesos de debida diligencia por parte de dichas empresas, y en otros incluso imponerlos, como ocurre con la Ley francesa de 2017 sobre el deber de vigilancia.

La regulación del trabajo en las cadenas mundiales de producción de las empresas multinacionales es hoy, antes que una utopía, una realidad en construcción, expresión de una nueva manera de concebir la protección de los derechos sociales en el espacio global, que coloca en su centro el poder de las empresas multinacionales, pero que busca a la vez dotarlo de consistencia y coherencia y convertir en exigible su ejercicio, mediante su interacción con fórmulas públicas de regulación que dan lugar a un nuevo tipo mixto de gobernanza global del mundo del trabajo, basado en una integración de ambas cuya fuerza no radica tanto en la capacidad reguladora de cada instrumento por separado como en el resultado que se consigue mediante la combinación de todos ellos.

Avanzar en la construcción de este Derecho Transnacional del Trabajo de base híbrida y regulación multinivel exigirá definir si bastan las fórmulas promocionales o es preciso introducir fórmulas de diligencia debida obligatoria o incluso dar un tratamiento más incisivo a la responsabilidad de las empresas multinacionales por el incumplimiento de su deber de actuar con diligencia.

PRINCIPALES PROPUESTAS

– Promover el establecimiento de una Garantía Laboral Universal, que proclame un piso universal de protección aplicable a todos los trabajadores.

– Profundizar en la transformación de las cadenas mundiales de producción de las empresas multinacionales en cadenas mundiales de control y mejora de los derechos laborales, mediante la adopción de una serie integrada de medidas que sirvan para encauzar en esa dirección el poder que las mismas ejercen sobre quienes sus integrantes.

– Avanzar en la mejora de los instrumentos privados de regulación impulsados por las empresas multinacionales mediante la inclusión en ellos de fórmulas de control “desde la base” del desenvolvimiento laboral de sus proveedores y contratistas y quienes, a su vez, colaboran con estos.

– Integrar dentro del diseño de dichos instrumentos cláusulas de contenido económico, que garanticen relaciones comerciales estables y sostenibles con los proveedores, capaces de dar soporte a las condiciones de trabajo decente que se trata de garantizar.

– Impulsar el desarrollo de procesos de debida diligencia aplicables a todos los eslabones de sus cadenas mundiales de producción, mediante el desarrollo de instrumentos de carácter público que permitan su promoción eficaz o impongan su aplicación a las empresas de determinada dimensión.

El texto de la Ponencia Inaugural del XXIX Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social puede ser descargado desde el siguiente enlace:

PONENCIA INAUGURAL-XXIX Congreso AEDTSS-WSANGUINETI

Los textos del conjunto de ponencias del IX Congreso Anual de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social puede ser descargado desde el siguiente enlace:

https://www.aedtss.com/ponencias-xxix-congreso-salamanca/

CALL FOR PAPERS – II Seminario Internacional «El trabajo en las redes empresariales: experiencias de regulación y gestión» (Salamanca, 8 y 9 de noviembre de 2018)

En contra de lo que suele afirmarse, la adaptación del Derecho del Trabajo a las nuevas realidades económicas y productivas es un proceso constante, que se produce por canales y vías diversas, no necesariamente representados por la ley.

El proceso de progresiva construcción de respuestas, fragmentarias e incompletas todavía pero ya en marcha, a los problemas planteados por la disolución de la empresa tradicional y su sustitución por fórmulas de cooperación interempresarial de muy diverso signo, a las que agrupamos bajo la común denominación de redes empresariales, constituye una buena prueba de ello.

Siguiendo la estela del I Seminario Internacional «Impacto laboral de las redes empresariales», que celebramos en Salamanca en noviembre de 2017,  los miembros del equipo de investigación del Proyecto del mismo nombre, dirigido por quien esto escribe y el profesor Juan Bautista Vivero Serrano, hemos decidido organizar una nueva actividad académica dirigida a analizar en profundidad los rasgos de dicho proceso de construcción y algunas de sus más relevantes manifestaciones.

El II Seminario Internacional “El trabajo en las redes empresariales: experiencias de regulación y gestión», se celebrará en Salamanca los días 8 y 9 de noviembre de 2018 con la presencia de un nutrido plantel de especialistas españoles, europeos y americanos.

Es para mi una gran satisfacción compartir con los lectores de este cuaderno de notas la invitación que hacemos los directores a la comunidad académica para participar en este seminario mediante la presentación de comunicaciones sobre los diversos temas que se desarrollarán en él, en realidad casi tantos como cuestiones nucleares tiene nuestra disciplina.

A CONTINUACIÓN EL TEXTO DE LA CALL FOR PAPERS Y EL PROGRAMA DEL SEMINARIO:

 

NOTICIA DE INTERÉS: El nuevo Acuerdo Marco Global de Stora Enso

Comparto con los amigos de esta bitácora la noticia de la suscripción de un nuevo acuerdo marco global, esta vez en el sector de los materiales renovables. Este afecta a Stora Enso, empresa nórdica  con fábricas dedicadas a la producción de pulpa, papel, paneles de embalaje y productos de madera ubicadas en treinta y cinco países de los cinco continentes y alrededor de 25.000 trabajadores directos, además de una importante cadena de suministro. 

El acuerdo, que implica a tres grandes sindicatos mundiales de rama, resulta de especial interés por la inclusión del compromiso de esta multinacional de proyectar la garantía de los derechos laborales fundamentales en toda su cadena de suministro, así como por los mecanismos que diseña a nivel local, nacional y mundial para resolver sus problemas de aplicación, conforme se destaca en la nota puesta en circulación por IndustriALL que se reproduce a continuación.

La entrada concluye con un enlace a la versión inglesa de este acuerdo.

IndustriALL, UNI y la ICM firman Acuerdo Marco Global con Stora Enso

19.01.2018

Tres sindicatos mundiales firmaron hoy un Acuerdo Marco Global con Stora Enso, empresa de materiales renovables. La ceremonia de firma se realizó en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en Ginebra, en presencia del Director General de la OIT, Guy Ryder. También firmaron en calidad de observadores los presidentes del Sindicato de Trabajadores del Papel de Suecia, el Sindicato de Trabajadores de Silvicultura, Madera y Gráficos de Suecia, y el Sindicato de Trabajadores del Papel de Finlandia.

Con este Acuerdo Marco Global, Stora Enso se compromete a trabajar con los tres sindicatos mundiales señalados, IndustriALL, UNI y la ICM, para defender los derechos laborales fundamentales en todas sus operaciones y en instalaciones de sus filiales a nivel mundial. La compañía se compromete a hacer todo lo posible para que se apliquen los principios de este Acuerdo en toda su cadena de suministro.

Este Acuerdo Marco Global se centra específicamente en:

  • Libertad sindical
  • No a la discriminación
  • No permitir el trabajo infantil ni forzoso
  • Trabajar con los sindicatos para mejorar las condiciones de salud y seguridad
  • Derechos de los migrantes
  • Salarios dignos
  • Igualdad de género

En la ceremonia de firma del Acuerdo, Valter Sanches, Secretario General de IndustriALL Global Union, expresó su beneplácito del siguiente modo:

“Felicito a Stora Enso y acojo con agrado nuestra nueva relación formal que nos brinda los medios para defender los derechos de los trabajadores y trabajadoras en las operaciones de la empresa en todo el mundo. Hago un llamado para que otros fabricantes de pulpa y papel sigan este ejemplo”.

Por su parte, Karl-Henrik Sundström, Director General de Stora Enso, afirmó:

“Por todos los medios, tratamos de lograr un ambiente de trabajo donde todos nuestros empleados sean tratados con respeto y de manera justa. Trabajamos sin descanso para procurar que todas nuestras plantas cumplan con estos requisitos. Al firmar este Acuerdo Marco Global, demostramos nuestro compromiso y damos el siguiente paso en esta importante área”.

El Acuerdo Marco Global establece un mecanismo para resolver conflictos, por el cual se abordarán los problemas a nivel local, pero cuando sea necesario se llevarán a nivel nacional y mundial y, en última instancia, a la mediación.

Con este Acuerdo se formaliza el diálogo constante entre las partes, y todos los signatarios se reunirán cada dos años para evaluar la implementación de las disposiciones suscritas.

Además, según el ánimo del Acuerdo Marco Global, se establece un diálogo abierto a través del cual las partes trabajarán conjuntamente para prevenir y resolver los problemas lo antes posible.

Philip Jennings, Secretario General de UNI Global Union, comentó:

“Este acuerdo es una excelente manera de comenzar el año en el que celebramos el 70o aniversario de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Al suscribirse a este Acuerdo, Stora Enso ha dado un paso significativo que beneficiará a los trabajadores y trabajadoras a lo largo de su cadena de suministro.

“Además, este acuerdo reconoce, una vez más, que los derechos laborales son derechos humanos. La importancia de los Acuerdos Marco Globales no sólo ha sido reconocida por compañías como Stora Enso, sino también por el G20 y organizaciones internacionales en todo el mundo”.

Ambet Yuson, Secretario General de la ICM, agregó:

“Al firmar este Acuerdo, Stora Enso se compromete a garantizar los derechos laborales fundamentales para los trabajadores en sus filiales y operaciones a nivel mundial. Ahora esperamos con entusiasmo trabajar activamente con Stora Enso para logar la implementación eficaz de este acuerdo sobre el terreno, para mejorar las vidas de los trabajadores y trabajadoras”.

El texto (versión en inglés) del Acuerdo Marco Global suscrito entre Stora Enso y UNI, IndustriALL e ICM puede ser descargado desde el siguiente enlace:

stora_enso_gfa_signed

NUEVA PUBLICACIÓN: «La transnacionalización de las relaciones laborales» (W. Sanguineti, Director)

Libro transnacionalizacion

Uno de los aspectos más innovadores del proceso de internacionalización puesto en marcha en las últimas décadas por las empresas españolas ha estado representado por la asunción por un buen número de ellas de un inédito rol regulador a escala transnacional en materia laboral. Expresión de ello ha sido el surgimiento de un conjunto de instrumentos de gestión laboral transnacional diseñados con el propósito de ofrecer respuestas, generalmente inspiradas en los estándares laborales mundialmente aceptados, a las necesidades derivadas de la internacionalización de sus actividades.

Continuando con el trabajo desarrollado en la obra “La dimensión laboral de la internacionalización de la empresa española” (Madrid, Ediciones Cinca, 2014), fruto de las labores del Proyecto de Investigación del mismo nombre (Ref. DER 2011-23190) dirigido por el autor de estas líneas, el libro que tengo la satisfacción de presentar ahora a los pacientes amigos de este cuaderno de notas se adentra en el examen de los alcances e implicaciones del proceso de construcción de dichos instrumentos a través del estudio de varias de sus más emblemáticas manifestaciones, vinculadas a empresas españolas líderes dentro de sus respectivos sectores, así como de algunas experiencias relevantes de aplicación de sus contenidos en los destinos para los fueron diseñados. En todos los casos a partir de una cuidadosa, y por cierto nada fácil, labor de recopilación de información y evidencias.

Como podrá comprobar el lector que se adentre en la lectura atenta de los doce estudios que conforman este libro, fruto del trabajo de los integrantes del equipo de investigación y un selecto grupo de especialistas invitados a los que se suma la contribución destacada de Isidor Boix, él emerge un panorama desigual y complejo, del que se extraen, en dosis distintas según los casos, tanto elementos de juicio que contribuyen a sostener una visión optimista sobre la utilidad de los instrumentos estudiados, como limitaciones, carencias y contradicciones que permiten albergar dudas sobre ella.

Así, por una parte el examen de dichos instrumentos y sus experiencias de aplicación ofrece pruebas palpables de que se trata de herramientas dotadas de una efectiva capacidad de impacto sobre sus destinatarios, y por tanto con aptitud para favorecer una gestión de las relaciones laborales al interior de las cadenas de producción de los grupos multinacionales españoles capaz de conciliar eficiencia y competitividad con el respeto de los estándares universalmente aceptados en materia laboral. Por la otra, sin embargo, de los mismos emergen también bastantes aspectos necesitados de mejora, en particular en lo que a la participación de sus destinatarios en su diseño y aplicación se refiere, así como a la transparencia en la gestión de la información sobre esta última. Y también indicios de una no siempre fácil compatibilización entre los objetivos sociales que a través de ellos se declara perseguir y desenvolvimiento cotidiano de los procesos de negocio de las empresas que los formulan.

De todas formas, experiencias recientes en el ámbito de las cadenas mundiales de producción del sector textil y de la confección, a las que dedica una especial atención esta obra, parecen marcar el arranque de una nueva etapa en el desarrollo de esta clase de instrumentos e incluso de la concepción de la responsabilidad social empresarial que les sirve de fermento ideológico, la cual estaría caracterizada por una mayor implicación social y sindical, tanto en su formulación como en su puesta en práctica.

Aun no es posible aventurar si estas experiencias terminarán por encontrar una réplica adecuada y representar una contribución relevante a la vigencia de los derechos sociales en el mundo globalizado. La posibilidad de que ello ocurra, sin embargo, existe y no debe ser minusvalorada. Al fin y al cabo, como se apunta en la parte final de la presentación de la obra, que se reproduce a continuación junto al índice de la misma, solo en la cadena mundial de producción de Inditex, la principal pero no la única multinacional española de la moda, trabajan nada menos de un millón de trabajadores dispersos a lo largo y ancho de todo el planeta.

El índice y la presentación del libro “La transnacionalización de las relaciones laborales. Experiencias de gestión en las multinacionales españolas” (Eds. Cinca, 2015, 209 págs.) pueden ser descargadas desde el siguiente enlace:

INDICE – «La transnacionalización de las relaciones laborales»

PRESENTACIÓN – «La transnacionalización de las relaciones laborales» – Wilfredo Sanguineti