El teletrabajo transnacional no es, ni mucho menos, un fenómeno nuevo. Aún así, el desarrollo espectacular experimentado por las tecnologías de la información y las comunicaciones y los avances en la digitalización de los procesos productivos, unidos a la experiencia acumulada durante la pandemia, lo han convertido en una posibilidad al alcance de cada vez más empresas y trabajadores en todo el planeta.
Es indudable que esta traslación al plano transnacional de la prestación de servicios a distancia conlleva nuevas oportunidades de ocupación para muchos trabajadores. Y también nuevas posibilidades de acceso al talento por parte de las empresas, que no se ven así constreñidas por ningún espacio geográfico a la hora de reclutar su plantilla.
Estas no son, sin embargo, todos sus potenciales efectos. A estas se añade uno sobre el cual ya nos fue posible llamar la atención a quienes nos ocupamos del examen de este fenómeno cuando empezaba a despuntar la posibilidad de su materialización: la elección «a la carta» del régimen jurídico de la prestación de trabajo por parte de las empresas, con la consiguiente posibilidad de una «importación virtual» del mismo al precio del Estado menos protector.
La columna de Opinión que he publicado recientemente en Trabajo y Derecho numero 98, titulada «La difícil problemática social y jurídica del teletrabajo transnacional», busca retomar el debate sobre esta singular forma de disponer de forma inmediata y en el lugar de ubicación de la empresa del resultado del trabajo ajeno al coste del lugar desde el que se realiza, del que tuve la ocasión de ocuparme hace casi dos décadas en mi libro «Teletrabajo y globalización. En busca de respuestas al desafío de la transacionalización del empleo». A la vez que rastrea las respuestas y soluciones que frente al mismo se vienen construyendo, sus posibilidades y sus límites.
Es para mi una gran satisfacción poder compartir ahora con los pacientes amigos de esta bitácora del laboralismo de las dos orillas ambos textos, en los que se podrá advertir la continuidad pero también los cambios que se han producido tanto en la problemática planteada por el teletrabajo transnacional como en las respuestas postuladas frente a esta.
La cubierta y el sumario de Trabajo y Derecho número 98 pueden ser descargados desde el siguiente enlace:
TRABAJO Y DERECHO núm. 98 – SUMARIO
La Opinión de Wilfredo Sanguineti, titulada «La difícil problemática social y jurídica del teletrabajo transnacional», publicada en Trabajo y Derecho número 98, puede ser descargada desde el siguiente enlace:
La versión completa del libro de Wilfredo Sanguineti «Teletrabajo y globalización. En busca de respuestas al desafío de la transnacionalización del empleo», puede ser descargada desde el siguiente enlace: