La Corte Suprema de Justicia del Perú restablece la causalidad del contrato de trabajo por inicio o incremento de actividad

Comparto hoy con los amigos de esta bitácora una noticia de excepcional transcendencia, que me parece que ha pasado desapercibida hasta ahora. 

Se trata de la expedición por la Sala Segunda de Derecho Social y Constitucional de la Corte Suprema de una muy importante sentencia, a través de la cual se da un paso de gigante para la recuperación del carácter causal de la contratación temporal en el Perú.

Lo explicaré brevemente a continuación, además de adjuntar el texto de la sentencia y el de la opinión doctrinal que le sirve de base, de la que soy autor, con la invitación a una lectura atenta de ambos materiales.

En el Perú alrededor del 70% de los contratos de trabajo celebrados cada mes son temporales. Y, de estos, cerca del 35% corresponden al denominado contrato por inicio o incremento de actividad.

Tan masivo empleo de este contrato, que alcanza un promedio mensual de cerca de 700.000 contratos no se debe a que el Perú se encuentre inmerso en un gran proceso de crecimiento económico, sino al carácter laxo  de su regulación y las facilidades que da para la conversión en temporales de todo tipo necesidades empresariales.

Baste para advertirlo con destacar que, según el artículo 57 de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, «se entiende como nueva actividad tanto el inicio de la actividad productiva, como la posterior instalación o apertura de nuevos establecimientos o mercados, así como el inicio de nuevas actividades o el incremento de las ya existentes dentro de la misma empresa». 

Ya en su día tuve la ocasión de señalar que esta definición era difícil de compajinar con el principio de causalidad de la contratación temporal, que además de encontrar un claro encaje en la norma constitucional peruana que reconoce el derecho al trabajo en su artículo 22, aparece reconocido expresamente por el artículo 53 de dicha ley.

A la vez que propuse una interpretación del precepto que fuese capaz de salvar el indispensable carácter causal de esta modalidad, basada en la apreciación de la incertidumbe que suele acompañar el inicio o incremento de las actividades empresariales, mediante la exigencia de tres requisitos: a) la existencia de una efectiva ampliación de actividades, b) la introducción a través de esta de un elemento innovador dotado de un nivel no habitual de incertidubre en cuanto a su aceptación en el mercado y c) la imposibilidad de cubrir las necesidades así generadas por el personal permanente de la empresa.

Pues bien, luego de muchos años de uso incontrolado de esta modalidad, la Corte Suprema de la República ha pronunciado el pasado 30 de mayo de 2023 una muy importante sentencia, en la que acoge este planteamiento para evaluar la causalidad de un contrato por inicio o incremento de actividad suscrito por un trabajador con una importante empresa embotelladora, realizando para ello una evaluación de la pertinencia del mismo a la luz de los antes referidos requisitos.

Comparto a continuación con los amigos de este espacio del laboralismo global el texto de esta sentencia, así como el comentario sobre la regulación del contrato en cuestión incluido en mi libro Los contratos de trabajo de duración determinada, publicado en 2008 por la editorial Gaceta Jurídica.

Agradezco a Luis Miguel Medina por haberme remitido esta importante sentencia.

El texto de la Sentencia de la Corte Suprema de Justicia del Perú de 30 de mayo de 2023 puede ser descargado desde este enlace:

Sentencia Corte Suprema de Justicia del Perú 30-5-2023 Desnaturalizacion contrato inicio o incremento de actividad

El comentario de Wilfredo Sanguineti a la regulación del contrato por inicio o incremento de actividad puede ser descargado desde este enlace:

W SANGUINETI Los contratos de trabajo de duracion determinada -extracto sobre contrato por inicio o incremento de actividad

Un comentario en “La Corte Suprema de Justicia del Perú restablece la causalidad del contrato de trabajo por inicio o incremento de actividad

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