Sobre el papel motivador (o desmotivador) de las estrategias empresariales sanas que pueden jugar las normas laborales

Constantino Cuesta, Os pulpeiros, 2012

Constantino Cuesta, Os pulpeiros, 2012

A propósito de la ponencia presentada por María Amparo Ballester el XXII Congreso Nacional de la Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Desde que en mayo de 2012 asistí en San Sebastián al XXII Congreso Nacional Asociación Española de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social tengo pendiente escribir una nota en esta bitácora recomendando a sus lectores la espléndida ponencia sobre “La flexibilidad interna en el marco de las relaciones laborales”, presentada al mismo por mi querida colega y amiga María Amparo Ballester, Catedrática de Derecho del Trabajo de la Universidad de Valencia.

En este foro he tenido la ocasión de defender en más de una ocasión cómo la protección laboral, si es administrada de forma adecuada, no sólo no es incompatible con la eficacia y la competitividad empresarial, sino que las promueve, tanto porque favorece que el esfuerzo de los titulares de las organizaciones productivas se oriente hacia la mejora de los procesos y sistemas de producción, como porque fomenta el compromiso de los trabajadores con los objetivos de las mismas y fomenta el desarrollo de su aptitudes y capacidades. La facilitación de la precariedad en el empleo y el incremento de la arbitrariedad patronal, en cambio, además de desalentar el esfuerzo laboral y formativo de los trabajadores, restan todo incentivo a los empresarios para la mejora de la eficacia y productividad, haciéndolos depender de los bajos salarios y las condiciones precarias de contratación para competir, conforme advertiría hace ya mucho tiempo E. Cano.

Como podrán comprobar quienes se adentren en su lectura, el texto de Amparo Ballester está construido a partir de ideas por completo coincidentes con éstas. En su análisis la autora da, de todos modos, un paso más, de la mayor relevancia además, al poner de manifiesto el “papel motivacional” que, como consecuencia de ello, pueden cumplir las normas laborales sobre las fórmulas y métodos de gestión empresarial. Es decir, su capacidad para influenciar la manera como se gestionan los recursos humanos en la empresa, favoreciendo la sustitución de comportamientos inadecuados y técnicas de gestión ineficientes y tóxicas por estrategias adecuadas y sanas, no sólo en términos sociales sino también empresariales. Desde este punto de vista, las normas laborales tienen la capacidad de contribuir, como apunta la autora, a sustituir un modelo económico desgastado como el actual, que no ha generado más que malos empleos, y además sólo en sus momentos de alza, por otro más eficiente, capaz de propiciar un crecimiento económico equilibrado, saneado, sostenido y competitivo, susceptible de crear empleos buenos y productivos.

Naturalmente, para ello se requiere un replanteamiento de las políticas de regulación impulsadas por las tres últimas reformas laborales en España, que permita situar en el eje de la regulación del mercado de trabajo el fomento de un empleo de calidad y con derechos, aunque a la vez abierto a la adaptación de su dinámica a las cambiantes necesidades de los sectores productivos y las empresas. Una opción para nada inviable, ni desde el punto de vista técnico, ni desde el punto de vista económico. Pero que precisa de una convicción reformista de la que carecen en España, no sólo los actuales gobernantes, de los cuales no era previsible esperarla, sino también los anteriores, socialdemócratas en su origen que, habiéndose adscrito en los últimos años a la llamada “tercera vía” quizá por vocación electoral más que por convicciones profundas, han terminado por ver con desconfianza e incluso temor cualquier iniciativa de mejora social que pueda chocar contra las aspiraciones más inmediatas del sector empresarial, incluso cuando ésta, como ocurre en el caso que nos ocupa, pueda estar en condiciones de favorecer un funcionamiento más eficiente del sistema productivo.

El papel de la doctrina, en cualquier caso, es seguir advirtiendo, como hace la autora del texto recomendado e intenta hacer cotidianamente también un servidor, machaconamente si se quiere, sobre esta incoherencias, poniendo de manifiesto que otro camino es posible y deber ser emprendido cuanto antes, con mas celeridad si se quiere en una etapa de crisis como la actual en la que la destrucción fácil del empleo trabajosamente construido está a la orden del día, no sólo para garantizar la salud de nuestro sistema productivo, sino la estabilidad misma de nuestra democracia. 

La ponencia de María Amparo Ballester Pastor “La flexibilidad interna en las relaciones laborales” puede ser descargada desde el siguiente enlace:

Haz clic para acceder a Ponencia_Amparo_Ballester.pdf

El Derecho del Trabajo en Europa y América Latina: un diálogo en divergencia

Mi participación la semana pasada en un Seminario sobre el Proyecto de Ley General de Trabajo, organizado en Lima por los amigos de la Revista Themis, me ha permitido esbozar algunas ideas sobre la distinta situación del Derecho del Trabajo en América Latina y Europa en la actualidad.

En concreto, poner de relieve cómo, mientras en América Latina se aprecia en los últimos años una recuperación de la preocupación por el cumplimiento de los fines equilibradores tradicionalmente asignados a nuestra disciplina, de la cual existen diversas manifestaciones a nivel jurisprudencial, legislativo e incluso constitucional dependiendo de los países, la Unión Europea viene experimentando un proceso de aguda confrontación ideológica e institucional en torno al modelo de relaciones laborales más adecuado para afrontar los desafíos de la globalización.

Así, mientras por un lado se encuentra el modelo basado en el fomento de la «calidad del empleo» y la búsqueda del equilibrio entre flexibilidad y seguridad en el seno de la relación de trabajo, lanzado por la Cumbre de Lisboa del año 2000, por el otro está la estrategia que, apoyándose indebidamente en el concepto de «flexiseguridad», propugna desde la puesta en circulación en 2007 del Libro Verde «Modernizar el Derecho del trabajo para afrontar los retos del siglo XXI» una relajación de la tutela del trabajador en el seno de la relación de trabajo, especialmente frente al despido, a cambio de un incremento de las prestaciones por desempleo y la formación profesional ocupacional. 

Si bien el primero de tales modelos es el que responde a los objetivos de cohesión y progreso social que recogen los Tratados y el Derecho Derivado de la Unión, es el segundo el que recibe el apoyo político de los Gobiernos de los Estados más poderosos de la Unión, mayoritariamente de signo conservador, los cuales lo están utilizando para imponer a los demás políticas de desregulación, no sujetas además a ningún tipo de contrapartida en materia de protección social o formación, sirviéndose del poder que les confiere la crisis de la deuda. La última reforma laboral española constituye una buena muestra de ello. Y también la reforma laboral italiana, todavía en trámite.

Así las cosas, formo parte de los que piensan que, mientras esta situación de «esquizofrenia institucional» y «regreso al pasado» persista la Unión Europea, ésta poco tiene que aportar al Derecho del Trabajo de América Latina.  Éste debe, pues, hoy más que nunca, seguir su propio camino, beber de su propia experiencia renovadora.

El texto manuscrito de la intervención de Wilfredo Sanguineti sobre “Experiencia comparada entre Europa y América Latina: crisis, regulación y tendencias”, puede ser descargado desde el siguiente enlace:

MANUSCRITO – LA SITUACION DEL DERECHO DEL TRABAJO EN EUROPA Y AMERICA LATINA – WSANGUINETI