Ocho casos emblemáticos de un crecimiento excluyente

tlc peru estados unidos

Empiezo este año 2016, que representará nada menos que el octavo de rodaje de esta bitácora, con una breve nota dirigida a compartir con sus amables amigos un documento en mi opinión de excepcional interés. Se trata de la queja presentada por un importante grupo de federaciones sindicales y una organización no gubernamental peruanas ante la Oficina de Asuntos de Comercio y Trabajo del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos por incumplimiento por parte del Estado peruano de los compromisos asumidos a través del Acuerdo de Promoción Comercial entre ambos países suscrito en 2006 y vigente desde 2009.

Durante mi etapa como Jefe del Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo Javier Neves, en el primer semestre de 2004, me correspondió participar en las negociaciones que terminarían por dar lugar a la celebración de ese tratado, concluidas dos años después. Y comprobar sobre el terreno cuáles podían ser las posibilidades y los límites de los compromisos que se proponía fuesen asumidos por el Perú en materia laboral.

Unos compromisos modestos en principio, ya que se circunscribían al respeto de los derechos laborales fundamentales y el cumplimiento de su legislación laboral, pero al fin de cuentas relevantes en la medida en que, entonces lo mismo que ahora, había y hay mucho camino que recorrer para alcanzar ese objetivo.  De hecho, en su momento las negociaciones sirvieron para conseguir algunos cambios de importancia en la legislación laboral peruana, como fue durante nuestra etapa una reforma del sistema de la inspección de trabajo en clave garantista, y más adelante la aprobación de una regulación específica de los efectos laborales de los procesos de subcontratación de actividades productiva. Ambas, por cierto, desvirtuadas posteriormente de manera lamentable.

La queja busca, ya vigente el tratado, activar los mecanismos de garantía por él previstos en defensa de los derechos que el Perú se comprometió a respetar.  A estos efectos sustenta el incumplimiento en ocho casos emblemáticos, vinculados a los sectores textil y agrícola para la exportación, a partir de los cuales se podría apreciar la existencia, tanto de normas que desconocen o vulneran en los hechos los derechos laborales fundamentales, y en concreto la libertad sindical, como la falta de respuesta del Estado peruano a las violaciones de la legislación laboral que se vienen produciendo en esos sectores. Entre ellos el caso Topy Top, del que se ha dado cuenta más de una vez en este cuaderno de notas.

La información así aportada constituye un testimonio de inigualable valor en torno a la manera cómo, en una etapa de crecimiento sostenido como la que ha vivido este país en lo que va de siglo, los derechos laborales y las condiciones de trabajo se han mantenido bajo mínimos incluso en esos sectores en auge, sobre la base de aplicar normas laborales especiales que, bajo un aparente afán promotor, han servido para privar a los trabajadores de los beneficios del mismo.

Se trata así de un testimonio o una radiografía viva de un crecimiento profundamente excluyente. Su lectura atenta resulta por ello absolutamente recomendable.

El texto completo de la queja ante la Oficina de Asuntos de Comercio y Trabajo puede ser descargado desde el siguiente enlace:

PTPA_Queja contra el Estado peruano

Para más información sobre el caso puede verse el siguiente enlace:

https://lamula.pe/2015/12/28/demanda-internacional-contra-gobierno-peruano-por-incumplimiento-de-derechos-laborales-sigue-curso-favorable/raquelgargatte/

 

 

Sobre el valor de los derechos laborales en una sociedad democrática: apostillas al debate sobre la “Ley Pulpín”

ley pulpin 1

Mientras los medios de comunicación se enzarzaban en un complejo debate de marcado tinte económico sobre las ventajas y desventajas de la aprobación de la Ley 30288, por la que se “promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social”, bautizada popularmente en el Perú como “Ley Pulpín” debido al colectivo juvenil al que va prioritariamente dirigida, decenas de miles de jóvenes peruanos optaron por salir a las calles, de forma masiva y espontánea, para reivindicar la restitución de los derechos cercenados por esta norma frente al Gobierno y los gremios empresariales considerados impulsores de la medida.

¿Qué fue lo que motivó semejante reacción defensiva de unos derechos –estabilidad en el empleo, vacaciones pagadas, gratificaciones extraordinarias, etc.– a los que buena parte de los manifestantes no había tenido todavía la ocasión de acceder debido a su corta edad y limitada experiencia laboral?

Me atrevo a aventurar que una dimensión del problema que, por llamativo que pueda parecer, ha sido soslayada dentro del debate sobre la norma, machaconamente centrado en demostrar el carácter “necesario” o “innecesario” de las medidas adoptadas desde el punto de vista económico. Esta no es otra, en mi opinión, que la reivindicación del valor de los derechos laborales como instrumento de inclusión social y construcción de una sociedad democrática. Una dimensión de los mismos a la que, luego de décadas de presión de las ideas neoliberales, no parecen prestar especial atención incluso quienes asumen su defensa, pero sobre la cual se asienta de forma plena su legitimidad. ¿O es acaso que, de poderse demostrar, como de momento no se ha conseguido, que una reducción de los derechos laborales sería capaz de favorecer una mejora del crecimiento y apuntalar el empleo, habría que renunciar a ellos?

A poco que se preste atención a las pancartas que portan los jóvenes manifestantes se podrá apreciar que lo que los guía es una reivindicación profundamente democrática: no ser tratados como ciudadanos de segunda, con menos derechos que cualesquiera otros. Unida a la conciencia, claro está, de que para ello la garantía de un trato digno y justo en el ámbito laboral resulta fundamental.

Se trata, en el fondo, de la reivindicación espontánea del carácter social, y no sólo civil o político, de la noción de ciudadanía. Y la conexión de ésta, por tanto, no sólo con el reconocimiento de las libertades individuales y el derecho al voto, sino también, de forma inescindible, con un conjunto de derechos a través de los cuales el Estado busca garantizar a las personas un mínimo de bienestar al margen de las condiciones de funcionamiento del mercado, en línea con el pensamiento de T. H. Marshall.

Comprender esta dimensión esencialmente política y democrática del problema y ponerla por delante de cualquier otro tipo de argumentación me parece fundamental para conectar con el sentido profundo del movimiento social gestado al calor de las protestas contra la Ley. Por más que, seguramente, haya que añadir a continuación que la experiencia demuestra que las estrategias de reducción de costos laborales en ningún caso han contribuido al logro de objetivos como los que la ley se propone. E incluso sustentar que tanto el crecimiento económico como el desarrollo social, si bien entendidos, tienen en los derechos laborales un importante aliado antes que un adversario.

El texto de la Ley 30288, por la que se “promueve el acceso de jóvenes al mercado laboral y a la protección social”, puede ser descargado desde el siguiente enlace:

Ley 30288

Desde Lima: multinacionales contra la precariedad

tejedor3

Mis primeros dias de estancia en Lima, dedicados a instalarme en esta ciudad para cumplir una estancia de un semestre como profesor visitante en la Pontificia Universidad Católica del Perú, me han sorprendido con una noticia singular.

El pasado 4 de marzo seis multinacionales norteamericanas del sector textil con contratistas en el Perú (Nike, 47 Brand, Life is Good Company, New Balance, PVH Corp y VF Corporation) dirigieron una carta al Presidente Ollanta Humala expresándole su preocupación por la vigencia en este país del Decreto-Ley 22342, a través del cual se permite a las empresas dedicadas a la exportación de productos calificados como «no tradicionales», los textiles entre ellos, contratar masivamente y sin ningún límite trabajadores mediante contratos de duración determinada.

Para los firmantes del documento, se trata de una norma que «alienta y tolera violaciones a los derechos laborales» y «constituye un obstáculo para la correcta aplicación de nuestros códigos de conducta», por lo que declaran encontrarse a la expectativa del resultado del debate que se producirá próximamente en el Congreso de la República sobre su derogación, a la vez que entienden que se trata de «una oportunidad» para que el Gobierno «demuestre su firme apoyo a la inclusión social y el trabajo decente, mediante el apoyo a la derogación de las disposiciones laborales del Decreto-Ley 22342».

Las consecuencias laborales de la aplicación a lo largo de más de tres décadas de dicho régimen especial de contratación son de sobra conocidas: un elevadísimo índice de temporalidad y rotación en el empleo, bajos niveles de ingresos e indices muy escasos de sindicación. Todo ello en medio de un crecimiento espectacular del sector, cuyas ventas se multiplicaron por veinte en el mismo período. Esta es una realidad que fue denunciada en su día en este blog, sirviéndome de los datos proporcionados por Christian Sánchez y Fernando Cuadros en su estudio «Efectos de la política de fomento del empleo temporal en la actividad textil exportadora», que fue colgado junto con un comentario titulado «Radiográfía de un crecimiento excluyente» el 17 de noviembre de 2009, al cual me remito.

Que ahora un grupo de multinacionales, norteamericanas para más señas, soliciten de manera expresa apoyo para su derogación es sin duda notable. En particular, porque supone dar un paso más sobre la tradicional postura de este tipo de empresas, que suele limitar su preocupación por los estándares laborales de sus contratistas al cumplimiento de su legislación nacional del país en el que residen y el respeto de los cuatro derechos laborales fundamentales proclamados por la OIT en 1998. Más allá de ello, lo que parece estar detrás de este documento es la asunción de un compromiso por parte de las mismas con la consecusión efectiva de estándares de trabajo decente por parte de sus colaboradores. Algo que un sistema de contratación como el reseñado ha venido impidiendo sistemáticamente.

Este singular giro supone pasar implícitamente, de la tradicional visión defensiva sobre el rol de los compromisos de RSE de las multinacionales en materia laboral, que los contempla esencialmente como mecanismos dirigidos a evitar escándalos que minen su buena imagen comercial, a una concepción positiva de los mismos, basada en su consideración como herramientas de mejora real de las condiciones de sus destinatarios. 

Naturalmente, este pronunciamiento ha sido considerado como una injerencia en los asuntos internos del Perú por parte del gremio de exportadores peruanos, que continúa aferrado, hoy como en los años setenta, a los bajos salarios como herramienta esencial para competir a nivel global.

¿Son los bajos salarios y la precariedad  la única forma como las empresas exportadoras peruanas, y en particular las textiles, pueden continuar creciendo en el futuro? ¿No existe otra forma de insertarse en el mercado mundial, que vea el trabajo decente como una herramienta para competir de forma más adecuada y eficaz en vez de como una rémora?

Por sorprendente que parezca, ahora mismo las multinacionales norteamericanas, que no son precisamente organizaciones caritativas, parecen querer mostrarnos que el de siempre no es el único camino posible.

La carta de las empresas multinacionales norteamericanas al Presidente Ollanta Humala puede ser descargada desde el siguiente enlace:

Carta-Presidente-Ollanta-Humala-4-marzo-2013

 

Desde Trujillo: radiografía de un crecimiento excluyente

  

los-trabajadores-pintura1

Guayasamín, Los trabajadores, 1942

 

Mi participación en el VI Congreso Iberoamericano de Derecho del Trabajo celebrado hace un par de semanas en la ciudad de Trujillo me ha permitido reflexionar sobre una realidad sin duda inquietante.

Es de sobra conocido que el Perú lleva creciendo ininterrumpidamente desde 2001 a una media de 7 % anual. Incluso este año de crisis la tasa de crecimiento será también positiva. Estos buenos resultados no estan sirviendo, sin embargo, para avanzar significativamente en la reducción de la «brecha social» que ha padecido históricamente este país, cuyo origen se encuentra en la incapacidad de su estructura productiva para generar empleos de calidad en el volumen requerido por su población debido al predominio de las actividades extractivas orientadas hacia la exportación, por lo general intensivas en capital y no en mano de obra.

Para ello hubiera sido preciso que, en esta fase de expansión, se utilizase de manera inteligente las herramientas redistributivas disponibles, con el fin de lograr que el crecimiento del sector exterior se «irradie» al mercado interno, contribuyendo a su desarrollo y a la creación de un mayor volumen de empleos de calidad. Entre ellas, naturalmente, la garantía de un trabajo decente, con derechos y un salario digno, para los trabajadores de los sectores punteros, que permita que el crecimiento «llegue» a éstos y. por medio de ellos, al conjunto de la economía.

¿Es esto lo que ha ocurrido en los últimos años?

Lastimosamente, la respuesta es negativa. Antes bien, lo que se ha puesto en marcha han sido medidas estatales y políticas empresariales dirigidas a conseguir el efecto contrario en todos los sectores que han experimentado  una bonanza especial. Piénsese en el sector textil exportador, que se viene beneficiando desde fines de los años setenta de un «régimen especial» que permite a las empresas contratar trabajadores temporales con total libertad (DL 22342), en el sector agroexportador, que desde principios de la presente década dispone de un «régimen laboral especial» que reduce la mayor parte de los beneficios laborales a la mitad (Ley 27360), o en la minería, donde el mismo efecto ha podido ser conseguido mediante el recurso indiscriminado a la subcontratación.

Como resultado de estas actuaciones, el trabajador textil, de la agricultura y de la minería del Perú es hoy, en medio del mayor auge de estas actividades en toda la historia del país, predominantemente un trabajador precario y pobre, con un nivel de ingresos que apenas supera el salario mínimo y la línea de pobreza. Muestra de ello es el estudio elaborado por Christian Sánchez Reyes y Fernando Cuadros Luque que se pone a disposición de los lectores de este blog al final de esta entrada, en el que se estudian los efectos de la política de fomento del empleo temporal en la actividad textil exportadora.

Esta constatación arroja importantes dudas sobre la sostenibildad del crecimiento a medio y largo plazo. Es decir, cuando los términos de intercambio dejen de ser tan favorables. Es obvio que la misma sólo puede estar basada en el desarrollo del mercado interno y la potenciación de aptitudes y capacidades que permitan competir eficazmente en actividades menos dependientes de las fluctuaciones del mercado internacional. La garantía de un trabajo decente y con derechos se convierte, en virtud de ello, en una herramienta indispensable para conseguir que la bonanza actual pueda pueda transfomarse en desarrollo.

De alli que convenga replantearse las políticas estatales de fomento de la competitividad de los sectores punta sobre la base de reducir la protección laboral y examinar la posibilidad de imponer algún contrapeso a las estrategias empresariales que favorecen ese mismo efecto donde no existen regímenes especiales. En caso contrario, se podría haber perdido una extraordinaria oportunidad para avanzar en cerrar esa atávica  «brecha social» que ha hecho siempre del Perú un país atormentado y lleno de contradicciones.

En suma, el trabajo decente es un «lujo» que un país emergente como el Perú no se puede dejar de permitir.

 

EL ESTUDIO DE CHRISTIAN SÁNCHEZ REYES Y FERNANDO CUADROS LUQUE TITULADO «EFECTOS DE LA POLÍTICA DE FOMENTO DEL EMPLEO TEMPORAL EN LA ACTIVIDAD TEXTIL EXPORTADORA» PUEDE SER DESCARGADO DESDE EL SIGUIENTE ENLACE: c-sanchez-f-luque-efectos-temporalidad-sector-textil-exportador