Empiezo este año 2016, que representará nada menos que el octavo de rodaje de esta bitácora, con una breve nota dirigida a compartir con sus amables amigos un documento en mi opinión de excepcional interés. Se trata de la queja presentada por un importante grupo de federaciones sindicales y una organización no gubernamental peruanas ante la Oficina de Asuntos de Comercio y Trabajo del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos por incumplimiento por parte del Estado peruano de los compromisos asumidos a través del Acuerdo de Promoción Comercial entre ambos países suscrito en 2006 y vigente desde 2009.
Durante mi etapa como Jefe del Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo Javier Neves, en el primer semestre de 2004, me correspondió participar en las negociaciones que terminarían por dar lugar a la celebración de ese tratado, concluidas dos años después. Y comprobar sobre el terreno cuáles podían ser las posibilidades y los límites de los compromisos que se proponía fuesen asumidos por el Perú en materia laboral.
Unos compromisos modestos en principio, ya que se circunscribían al respeto de los derechos laborales fundamentales y el cumplimiento de su legislación laboral, pero al fin de cuentas relevantes en la medida en que, entonces lo mismo que ahora, había y hay mucho camino que recorrer para alcanzar ese objetivo. De hecho, en su momento las negociaciones sirvieron para conseguir algunos cambios de importancia en la legislación laboral peruana, como fue durante nuestra etapa una reforma del sistema de la inspección de trabajo en clave garantista, y más adelante la aprobación de una regulación específica de los efectos laborales de los procesos de subcontratación de actividades productiva. Ambas, por cierto, desvirtuadas posteriormente de manera lamentable.
La queja busca, ya vigente el tratado, activar los mecanismos de garantía por él previstos en defensa de los derechos que el Perú se comprometió a respetar. A estos efectos sustenta el incumplimiento en ocho casos emblemáticos, vinculados a los sectores textil y agrícola para la exportación, a partir de los cuales se podría apreciar la existencia, tanto de normas que desconocen o vulneran en los hechos los derechos laborales fundamentales, y en concreto la libertad sindical, como la falta de respuesta del Estado peruano a las violaciones de la legislación laboral que se vienen produciendo en esos sectores. Entre ellos el caso Topy Top, del que se ha dado cuenta más de una vez en este cuaderno de notas.
La información así aportada constituye un testimonio de inigualable valor en torno a la manera cómo, en una etapa de crecimiento sostenido como la que ha vivido este país en lo que va de siglo, los derechos laborales y las condiciones de trabajo se han mantenido bajo mínimos incluso en esos sectores en auge, sobre la base de aplicar normas laborales especiales que, bajo un aparente afán promotor, han servido para privar a los trabajadores de los beneficios del mismo.
Se trata así de un testimonio o una radiografía viva de un crecimiento profundamente excluyente. Su lectura atenta resulta por ello absolutamente recomendable.
El texto completo de la queja ante la Oficina de Asuntos de Comercio y Trabajo puede ser descargado desde el siguiente enlace:
PTPA_Queja contra el Estado peruano
Para más información sobre el caso puede verse el siguiente enlace: